MEC revocó suspensión de Ferrero hacia fiscal por presunta violación al secreto tributario
La decisión fue tomada por Carlos Mahía tras un informe jurídico que detectó problemas de legalidad y elementos insuficientes en la sanción.
25.05.2026 20:22
Montevideo Portal
El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) revocó la sanción de 15 días impuesta por la fiscal de Corte interina Mónica Ferrero a la fiscal letrada adscripta Gabriela Aguirre, quien se desempeñaba como encargada de Relaciones Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, al concluir que existieron irregularidades en los fundamentos utilizados para aplicar la medida disciplinaria.
La decisión fue adoptada por el ministro de Educación y Cultura, José Mahía, con base en un informe jurídico de la cartera, que detectó problemas de legalidad en la resolución emitida por Ferrero. El MEC entendió que la sanción se apoyó en elementos insuficientes y cuestionó la forma en que fue tipificada la presunta falta.
El caso se originó luego de que Ferrero solicitara información a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (Cjppu) y constatara que Aguirre realizaba aportes al organismo. A partir de ello, interpretó que la fiscal podía estar ejerciendo la profesión de forma liberal, algo incompatible con el cargo que ocupan los fiscales, y dispuso un sumario que terminó con una suspensión por considerar que existía una falta grave.
Sin embargo, posteriormente se determinó que los aportes eran voluntarios y respondían a la intención de Aguirre de acceder a una jubilación complementaria una vez finalizada su carrera en la Fiscalía.
El MEC consideró insuficiente la declaración jurada de Aguirre —que modificaba una presentación anterior sobre el no ejercicio profesional— como elemento para sustentar una sanción disciplinaria. Según el informe, no existían pruebas que acreditaran que la fiscal hubiera ejercido la profesión por fuera de sus funciones en la Fiscalía.
En ese sentido, la cartera sostuvo que la Fiscalía no puede basarse únicamente en presunciones para aplicar sanciones. “La culpabilidad de aquel al que se le imputa la comisión de una falta administrativa debe ser probada de manera efectiva y es carga exclusivamente de la Administración lograrlo”, señaló la resolución.
También concluyó que el hecho de no haber realizado el procedimiento adecuado ante la Caja para efectuar aportes voluntarios no configuraba una falta grave.
La polémica se originó porque Ferrero había requerido a la Caja información sobre los aportes de unos 320 fiscales con el objetivo de determinar si realizaban actividades incompatibles con el cargo. Según los cuestionamientos planteados, no quedó acreditada la existencia de una autorización legal específica para acceder a esa información, protegida por el secreto tributario y por la normativa sobre datos personales.
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