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Ojos en el cielo

Licencia, curso y zonas prohibidas: diputado presentó proyecto para regular uso de drones

La iniciativa del colorado Juan Martín Jorge busca reforzar la seguridad y establece distintas exigencias según el peso de los equipos.

08.10.2026 13:40

Lectura: 8'

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Montevideo Portal

El diputado del Partido Colorado Juan Martín Jorge presentó un proyecto de ley que busca regular el uso de drones en Uruguay y establecer restricciones para su operación, sobre todo en zonas consideradas sensibles para la seguridad pública y nacional. La iniciativa también contempla requisitos de registro, permisos y seguros para determinados equipos, así como sanciones por incumplimientos.

El texto al que accedió Montevideo Portal, presentado el 1.° de octubre y derivado a la Comisión Especial de Seguridad y Convivencia de la Cámara de Representantes, consta de 21 artículos y propone un marco normativo para el uso, operación y registro de sistemas aéreos no tripulados (UAS), tanto para actividades recreativas como profesionales.

Entre las principales disposiciones, el proyecto prohíbe operar drones sin autorización previa de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (Dinacia) en aeropuertos, aeródromos, bases militares, centros penitenciarios, edificios públicos e infraestructuras críticas.

También prevé restricciones en zonas declaradas temporal o permanentemente como áreas de protección especial por razones de seguridad pública, defensa nacional o realización de eventos de especial relevancia. Estas limitaciones deberán comunicarse públicamente para que los operadores puedan conocerlas.

Una de las principales diferencias que establece la iniciativa está vinculada al peso de los dispositivos. Los drones de menos de un kilogramo quedarían exentos de registro, permisos y seguros, siempre que se utilicen en condiciones que no representen riesgos para personas, bienes, aeronaves o instalaciones protegidas.

Sin embargo, esa exoneración no los habilitaría a ingresar en zonas restringidas ni los exceptuaría de las disposiciones sobre privacidad y transporte de sustancias u objetos peligrosos.

En cambio, los drones con un peso igual o superior a un kilogramo deberían registrarse ante la Dinacia, contar con un certificado de aeronavegabilidad y ser operados por personas que hayan realizado un curso básico sobre seguridad y normativa aérea.

Además, se les exigiría contratar un seguro de responsabilidad civil ante eventuales daños a terceros o en los casos que indique la reglamentación, con la posibilidad de establecer excepciones para equipos utilizados en zonas rurales.

El proyecto también determina que estos dispositivos cuenten con mecanismos de identificación remota que permitan vincular cada equipo con su operador registrado y facilitar su reconocimiento ante eventuales infracciones o incidentes.

Otro de los puntos centrales es la prohibición de que particulares instalen, adapten o utilicen drones para transportar o emplear armas, explosivos, sustancias peligrosas u otros dispositivos destinados a causar daños. La iniciativa exceptúa las sustancias utilizadas para fumigación aérea y actividades similares, que quedarían sujetas a una regulación específica.

En materia de seguridad, el texto establece que los establecimientos penitenciarios deberán contar con sistemas de detección, seguimiento y neutralización de drones no autorizados. También contempla medidas de protección para “infraestructuras críticas”, definidas como aquellas cuya afectación o destrucción pueda generar consecuencias graves para la población, la economía, el funcionamiento del Estado o la defensa nacional.

Asimismo, se prevé que los organismos competentes puedan adoptar medidas para impedir o neutralizar drones que representen una amenaza.

En cuanto a las sanciones, la propuesta habilita a la Dinacia a aplicar apercibimientos, multas, suspensiones o cancelaciones de permisos e incluso el decomiso de los equipos. En casos graves, también podría darse intervención a la Justicia Penal o Militar, según corresponda.

La iniciativa también contempla medidas de ciberseguridad para determinados fabricantes, importadores y operadores, así como la obligación de reportar incidentes, entre ellos robos, accidentes, interferencias con aeronaves y accesos no autorizados a zonas restringidas.

En su exposición de motivos, Jorge sostiene que Uruguay “carece de una ley específica que regule de forma clara y sistemática el uso de drones” y considera que las disposiciones actuales, basadas principalmente en resoluciones técnicas de la Dinacia, “resultan insuficientes” frente al avance de esta tecnología.

El legislador argumenta que la creciente utilización de estos dispositivos en áreas como seguridad, defensa, producción agropecuaria, logística y telecomunicaciones plantea nuevos desafíos que requieren una respuesta normativa.

“Más que una ley de regulación de drones, se pretende establecer un sistema nacional de gestión de riesgos y amenazas asociados a los sistemas aéreos no tripulados”, señala el documento.

En ese sentido, la exposición de motivos compara los desafíos regulatorios con los que plantea la legislación sobre armas y sostiene que es necesario “establecer mecanismos de control que mitiguen los riesgos asociados a su uso indebido sin afectar de manera desproporcionada a los usuarios legítimos”.

De aprobarse la iniciativa, el Poder Ejecutivo dispondría de un plazo de 180 días desde su promulgación para reglamentarla.

Proyecto de Ley • Parlamento del Uruguay
Regulación de drones (UAS) en territorio nacional
Establece condiciones de uso, registro, restricciones de vuelo, sanciones y protección de infraestructuras críticas para sistemas aéreos no tripulados.
Octubre 2026
Cámara de Representantes
Juan Martín Jorge Canadell (Montevideo)
Drones livianos
Menos de 1 kg
Exentos de registro, permiso y seguro
Solo si no implican riesgo para personas o bienes
Igual deben respetar zonas prohibidas y normas de privacidad
Drones profesionales
1 kg o más
Registro obligatorio ante DINACIA
Certificado de aeronavegabilidad
Permiso de operador + curso de formación
Seguro de responsabilidad civil (según reglamentación)
Identificación remota obligatoria
Zonas donde está prohibido volar (sin autorización DINACIA)
Aeropuertos, aeródromos y bases militares
Centros penitenciarios y edificios públicos
Infraestructuras críticas del Estado
Áreas de protección especial (temporales o permanentes)
Obligaciones y restricciones clave
Prohibido a particulares: instalar armas, explosivos o sustancias peligrosas en drones.
Ciberseguridad: fabricantes, importadores y operadores deben proteger sistemas de navegación y comunicaciones.
Reporte de incidentes: los operadores profesionales deben notificar pérdidas, colisiones, ingresos no autorizados e interferencias con aeronaves.
Sistemas autónomos: sujetos a condiciones técnicas especiales según la reglamentación.
Uso militar y policial: regulado por reglamentación específica del Poder Ejecutivo.
Sanciones (DINACIA)
Apercibimiento
Multas
Suspensión de permiso
Cancelación de permiso
Decomiso del dron
Traslado a Justicia Penal (casos graves)
La gravedad considera: reincidencia, intencionalidad, ingreso a zonas protegidas, riesgo para personas, uso de cargas peligrosas y afectación de infraestructuras críticas.

Montevideo Portal