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Dónde fueron a parar

La Justicia no aceptó el recurso presentado por colorados contra el voto en el exterior

El partido había pedido la suspensión provisional de los efectos concretos del artículo 1 de la ley 19.654, pero la Justicia no hizo lugar a esa medida.

23.04.2020 19:22

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2020-04-23T19:22:00
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La Suprema Corte de Justicia no hizo lugar a una medida cautelar que solicitó el Partido Colorado en 2019, cuando el partido pidió la suspensión provisional de los efectos concretos del artículo 1 de la ley 19.654.

La comisión honoraria por el voto en el exterior (que fue aprobada en el Parlamento en 2018) presentó en mayo de 2019 sus informes concluyentes, y señaló que es posible habilitar este mecanismo para que los uruguayos radicados en el exterior puedan votar.

La SCJ declaró carente de objeto la medida solicitada debido a que "se asiste a una hipótesis de medida genéricamente cautelar y estrictamente anticipada, caracterizada por adelantar los efectos de una eventual sentencia definitiva favorable a la parte actora, en protección de los intereses en juego, durante el trámite del proceso", según explica la resolución judicial a la que accedió Montevideo Portal.

En el marco de la solicitud de declaración de inconstitucionalidad promovida por vía de acción contra el art. 1 de la Ley 19.654, "los promotores solicitaron por razones de necesidad y a los efectos de garantizar los derechos sustanciales involucrados, la suspensión provisional de los efectos concretos (aplicación) del precepto legal cuestionado", dice el texto.

Señalaron que, en el caso, podría frustrarse gravemente el derecho de los partidos políticos y de los legisladores, a que no se modifique la sección "Habilitados para votar" del Registro Electoral en base al cual se conforma el padrón electoral.

La finalidad buscada con la medida requerida es "que no se modifique la Sección Habilitados para votar del Registro Electoral en base al cual se conforma el Padrón Electoral para cada acto, en el caso de que la Corte Electoral pueda eventualmente disponer una reglamentación y las medidas consiguientes para que los ciudadanos uruguayos que viven en el exterior, puedan ejercer el sufragio fuera del Uruguay".

La Suprema Corte de Justicia "desestimó la solicitud de suspensión provisional de los efectos de la norma impugnada, por carencia actual de objeto".

El Frente Amplio pretendía presentar un proyecto para permitir el voto en el extranjero a partir de las elecciones de 2024, pero finalmente no fue presentado.

Fuentes políticas explicaron a Montevideo Portal que para su aprobación se precisan dos tercios de votos en el Parlamento, para lo cual debían contar con apoyo de la oposición de ese entonces.