Montevideo Portal
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 resolvió rechazar el pedido de extrañamiento presentado por la defensa de Manuel Juan Cordero Piacentini, exmilitar uruguayo condenado a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del Plan Cóndor.
Cordero Piacentini fue condenado en 2016 por su participación en 11 hechos de privación ilegítima de la libertad. El exmilitar solicitó regresar a Uruguay, alegando razones familiares y el consentimiento previo a una orden administrativa de expulsión dictada por la Dirección Nacional de Migraciones.
La defensa argumentó que el condenado cumplía con los requisitos del artículo 64 de la Ley de Migraciones, que habilita el extrañamiento de personas extranjeras una vez cumplida parte de la pena.
Sin embargo, tanto el Ministerio Público Fiscal como varias de las víctimas del caso presentaron recursos de oposición. Según los escritos, conceder el extrañamiento implicaría dar por cumplida la condena, lo que iría en contra de las obligaciones asumidas por el Estado argentino en materia de delitos de lesa humanidad.
El Tribunal Oral coincidió con ese argumento y añadió que el extrañamiento no constituye un derecho del condenado. En este caso, sostuvo, prevalece el interés judicial de que Cordero Piacentini permanezca en Argentina para cumplir efectivamente su condena, de acuerdo con la sentencia a la que accedió Montevideo Portal.
Las víctimas expresaron su oposición tanto en una audiencia celebrada ante el tribunal como mediante presentaciones escritas ante la Justicia argentina. Señalaron que Cordero Piacentini no ha mostrado arrepentimiento ni colaboró con la investigación, especialmente en lo relativo al paradero de personas detenidas desaparecidas durante la dictadura.
Asimismo, advirtieron sobre un riesgo de fuga, dado que el exmilitar cuenta con antecedentes en ese sentido. También remarcaron que no tiene causas abiertas en Uruguay, lo que podría derivar en su excarcelación en caso de concretarse el traslado.
En ese marco, subrayaron que la oposición al pedido no responde a un ánimo de venganza, sino a un reclamo de justicia y a la necesidad de que la pena sea efectiva, proporcional y cumplida en su totalidad.
La sentencia recoge varias declaraciones de víctimas, entre ellas la de Adriana Cabrera, hija de Ary Cabrera Prates, desaparecido durante la ejecución del Plan Cóndor en América Latina.
“Cordero Piacentini fue uno de los jefes del Plan Cóndor y actuó en Automotores Orletti”, afirmó, en referencia al centro clandestino de detención, tortura y exterminio que funcionó en Buenos Aires entre mayo y noviembre de 1976.
También declaró la uruguaya Macarena Gelman, hija de Marcelo Ariel Gelman y María Claudia García. “Mi mamá no volvió nunca, ni a su casa ni a su país. La seguimos buscando”, señaló, al referirse a la falta de colaboración del condenado.
Gelman agregó que Cordero Piacentini estuvo “prófugo de la Justicia durante muchos años” y que “obstaculizó todo lo que pudo el desarrollo de un juicio como este”.
“Si el argumento es su edad y su vulnerabilidad, mi mamá tenía 19 años, acababa de parir y yo tenía dos meses y medio”, añadió.
En distintas oportunidades, Cordero Piacentini se refirió a las causas por delitos de lesa humanidad como “comedias jurídicas donde los jueces y fiscales traían las decisiones de sus casas”.
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