Varios jueces presentarán recursos de inconstitucionalidad contra el impuesto a funcionarios públicos, cargos políticos y jubilaciones superiores a $ 120.000 aprobado por ley en la madrugada de este jueves. El abogado de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), Sebastián Guillermo, informó a Montevideo Portal que los argumentos de los magistrados no difieren de los presentados el año pasado, cuando algunos hicieron el reclamo, aunque destacó que esta vez "son muchos más" los jueces que presentarán en reclamo.

"Se lesiona el principio de igualdad, porque frente a la misma capacidad contributiva, se resuelve gravar a unos y otros no, solamente tomando en consideración su relación contractual con el Estado", explicó Guillermo. "De esta forma se desconocen los principios de equidad e igualdad tributaria, y el principio de generalidad, en particular porque existían otras personas, los privados, que estaban en igualdad de condiciones en términos de capacidad contributiva pero no son contempladas en el impuesto", agregó el abogado.

Este fue uno de los reclamos planteados por el Frente Amplio en el Parlamento. Para evitar esta desigualdad, la oposición propuso que el impuesto también alcance a trabajadores del sector privado, pero esa iniciativa no fue apoyada por el oficialismo.

El reclamo

A propuesta del Poder Ejecutivo, el Parlamento aprobó el año pasado un impuesto que alcanzaba a las mismas personas con idéntico propósito, y varios jueces presentaron el recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), pero el máximo órgano judicial no logró integrarse, porque sus miembros reclamaron la inconstitucionalidad o bien son alcanzados por este tributo. Ante esta situación, fuentes consultadas por Montevideo Portal, informaron que seguramente la SCJ no logre conformarse tampoco para dirimir los recursos que se presentarán y por lo tanto es probable que el reclamo llegue a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El abogado del gremio de los jueces explicó otras razones que llevan a la presentación del recurso de inconstitucionalidad. "Se vulnera la intangibilidad e irreductibilidad de las retribuciones. La intangibilidad de todo salario y la justa remuneración, principios consagrados en los arts. 53 y 54 Constitución y en el Estatuto del Juez Iberoamericano e Internacional; que ingresan en aplicación del bloque de constitucionalidad, por artículos 7, 32 y 332 de Constitución", aseguró Guillermo, quien además considera que existe una "doble imposición".

"El tributo no fue definido con base en la capacidad contributiva de los sujetos; se toma en consideración los ingresos nominales sin tener presente además que los mismos son gravados por el IRPF; lo que determina una doble imposición tributaria", dijo el abogado. Guillermo advierte además que la ley tiene problemas de forma, porque afecta las retribuciones pero es una norma extrapresupuestal.

Asamblea

En su última asamblea, el 1 de abril, la Asociación de Magistrados del Uruguay resolvió que "ante la eventualidad de la aprobación de la ley que reinstala el Impuesto de Emergencia Sanitaria Covid-19, se pone a disposición de los asociados los servicios del abogado de la Asociación a los efectos de que quien así lo desee plantee la acción de inconstitucionalidad, medidas cautelares y acciones administrativas y ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA)".

En ese marco es que el abogado Guillermo está recogiendo los planteos de los asociados al gremio para presentar los recursos de inconstitucionalidad contra la ley aprobada este jueves. De todas maneras, aunque los argumentos sean compartidos, cada acción es individual y afectará solo a quien la presente. Los jueces reclaman el cobro retroactivo de lo que se les descontó.

Algunos magistrados consultados por Montevideo Portal advierten que el año pasado la Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional el decreto legislativo 568 de 2020, que contemplaba la creación del impuesto solidario por el COVID19. Y agregan que la jurisprudencia colombiana es referencia en América Latina.

Privados zafan

"¿Qué diferencia hay entre un gerente del Scotiabank y el del BROU? Ninguna", se preguntó y respondió este miércoles durante el debate parlamentario el senador Alejandro Sánchez, del MPP.

Unas horas después, sobre la medianoche, el diputado nacionalista Juan Martín Rodríguez dijo que los planteos de desigualdad ante la ley parecen "un déjá vú" de lo que pasó el año pasado. "Hubo lamentablemente algunos funcionarios públicos que se presentaron ante la SCJ interponiendo el recurso de inconstitucionalidad. Poco tuvieron en cuenta nuestra intervención el año pasado y la referencia a las sentencias que oportunamente la propia SCJ, en otra integración, había valorado", agregó el diputado y abogado.

"Las sentencias que en el año 2005 y 2006 expresó ante reclamos muy similares que (...) gravaban a funcionarios públicos y trabajadores de empresas paraestatales. Basta leer: los libros no muerden; la jurisprudencia no muerde", aseguró Rodríguez, coordinador de la bancada blanca.

El diputado citó una de las sentencias de la Corte: "la categoría (de sujetos a los que se les impone un tributo) no conforma una clase sospechosa derivada de una discriminación perversa ni manifiesta propósito hostil o arbitrario hacia un grupo creado que importa ausencia de razonabilidad en la discriminación".