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Política

El rey de la feria

Intendencia de Maldonado apeló fallo de Recarey que paró obras en rambla de Punta Colorada

El abogado Hugo Alvez argumentó que el magistrado se basó en el testimonio de dos testigos que faltaron a la verdad para dictar la medida.

14.07.2022 17:06

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2022-07-14T17:06:00-03:00
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Montevideo Portal

La Intendencia Departamental de Maldonado (IDM) presentó este jueves un recurso de reposición y apelación contra el decreto del juez subrogante de lo Contencioso Administrativo Alejandro Recarey, que había dispuesto medidas cautelares para suspender obras en la rambla de Punta Colorada.

Recarey argumentó que su fallo tenía como objetivo la protección del ambiente y ordenó “la suspensión de toda obra de continuación, remodelación y ampliación de Punta Colorada, así como todo retiro de arena y colocación de flora exótica en el lugar”.

En representación de la Intendencia de Maldonado, el abogado Hugo Alvez presentó el recurso en el Palacio de los Tribunales y explicó que el escrito es en contra del “decreto que decidió la medida cautelar que supuestamente suspende la construcción de una rambla en Punta Colorada cuando tal obra no existe, ya que la rambla tiene más de 60 años”.

“Hemos tenido una feria judicial bastante extraña en la que se notó que grupos minoritarios han utilizado la feria para conseguir fallos exprés”, dijo el profesional.

Cedida a Montevideo Portal

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Alvez agregó que lo que hizo la Intendencia de Maldonado es “reacondicionar” la rambla.  

Hasta la fecha, señaló, la IDM no fue notificada del fallo, pero está ejerciendo su derecho a apelar basada en los trascendidos de prensa sobre la medida cautelar adoptada por Recarey.

En esta línea, valoró que “existió urgencia en mediatizar el tema, pero no en la orden judicial llegara a quien la tiene que cumplir”.

“El juez Recarey se basó en testimonio de dos testigos que faltaron a la verdad, por lo que la Intendencia este miércoles procedió a presentar denuncia penal por falso testimonio contra esas personas”, dijo.

Para Alvez, se acusó a la IDM infundadamente de actos ilícitos que no cometió.  

Ante el argumento de que fue una obra realizada sin los permisos ambientales, Alvez agregó que las ramblas, por el artículo 153 del Código de Aguas, están fuera de la faja de defensa costera y no se requiere ninguna autorización ambiental para trabajar fuera de ella.

“Es otra de las falacias que se presentó en la demanda y que los testigos ratificaron, y otra de las razones por las cuales se presenta la denuncia penal” concluyó.

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