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Inconstitucionalidad de Ley de Caducidad en veintena de casos

El presidente José Mujica pidió a los integrantes de su gabinete que no hagan declaraciones públicas acerca del proyecto interpretativo de la ley de Caducidad. Ayer, la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para una veintena de casos. El vocero del organismo, Raúl Oxandabarat, dijo a Montevideo Portal que la Corte “sentó Jurisprudencia”. Sentencia

02.11.2010 08:22

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2010-11-02T08:22:00-03:00
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Montevideo Portal

El presidente José Mujica pidió a su gabinete que no hagan declaraciones públicas acerca del proyecto interpretativo de la ley de Caducidad.

Mujica explicó que "naturalmente el proyecto vinculado a la ley de Caducidad vive una situación complicada". Y subrayó: "solicito a todos ustedes que no hagan más declaraciones públicas. El tema debe ser llevado por la fuerza política, porque hay algunos comentarios que no ayudaron mucho".

Según publica el diario Últimas Noticias, "durante su breve intervención relacionada con el proyecto interpretativo de Caducidad, Mujica señaló que en su opinión no es momento de hablar de cuestiones disciplinarias que ayudan poco a resolver problemas políticos para este tema, que es un tema del Frente Amplio".

"Inconstitucionalidad"

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para los veinte casos que están en manos de la fiscal Ana María Telechea y la jueza Mariana Motta, anunció CX30.

El expediente titulado "Organización de los Derechos Humanos. Denuncia" reclama que se investigue la muerte de Ivo Edison Fernández Nieves, Eduardo Mondello Techera, Hugo Pereyra Cunha, Walter Hugo Arteche Echeto, Gerardo Moisés Alter, Iván Morales Generalli, Amelia Amanda Lavagna de Tizze, Carlos María Curuchaga Ibarburu, Carlos María Argenta Estable, Julián Basilicio López, Nicanor Ricardo Lerena Martínez, Oscar Bonifacio Olivera Rosano
Humberto Pascaretta, Silvina del Carman Saldaña Lapereira, Gilberto Alfredo Coghlan, Aldo Perrini Gualo, Pedro Ricardo Lerena Martínez, Oscar Felipe Fernández Mendieta y Nuble Yic, entre otros.

Todos estos individuos fueron "presuntamente detenidos, torturados y asesinados utilizando para ello el andamiaje del Estado en el período comprendido entre el 27/06/73 y el 12/06/76, correspondiente al gobierno de facto de Juan María Bordaberry", precisó la SCJ. En la causa también se incluye la instrucción del homicidio de Hugo De Los Santos.

Las partes fueron notificadas de modo que ahora la jueza Mariana Motta podrá continuar con la investigación, señaló a Montevideo Portal el vocero del organismo, Raúl Oxandabarat. Este es el segundo pronunciamiento de inconstitucionalidad por parte de la Corte. Sentencia

Esta declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad posibilita investigar sin las trabas que establece la propia norma. De este modo, se podrá investigar "a los mandos militares y policiales denunciados en autos a fojas 59 y 83" como al "Teniente Gral. Gregorio Álvarez, y a los oficiales responsables de los Batallones de Infantería Nº 1º y 6º, Capitán Lawre H. Rodríguez y Coronel Victorino Vázquez".

El vocero de la SCJ remarcó la importancia de este hecho pues el organismo "sentó Jurisprudencia" y a pesar de que no es una vía obligatoria de consulta en nuestro país significa que "es más simple es vaticinar lo que va a resolver la Corte".

"En esta sentencia se repiten los argumentos de la declaración de inconstitucionalidad para el caso de Nibia Sabalsagaray", por lo que se podría esperar que ante otro pedido, la Corte falle de la misma forma.

Goldaracena: Se reafirma la necesidad de una ley interpretativa

Por su parte, el senador frenteamplista Óscar López Goldaracena dijo que "el fallo reafirma la importancia del acceso a la Justicia y el valor de los tratados internacionales". En ese sentido agregó que la sentencia "reafirma la necesidad de que se dicte la Ley Interpretativa porque esto permitiría reafirmar que nuestra Constitución incorpora por la vía del Artículo 72 los Derechos Humanos fundamentales".

Goldaracena defendió la necesidad de que se apruebe el proyecto interpretativo pues "hay casos donde no se puede ni se va a poder plantear la inconstitucionalidad" pues en ellos la ley ya fue declarada constitucional. Entre estos casos está el de María Claudia García de Gelman.

Tras las idas y vueltas que hubo en el Frente Amplio por las discrepancias con el proyecto interpretativo, este miércoles la bancada de senadores "va resolver cómo se sigue con este tema", aseguró el legislador.

En su opinión "habría que llamar a elecciones de una Asamblea Constituyente para que elabore una reforma que incluya la nulidad de la Ley de Caducidad y la actualización de las normas constitucionales en materia de derechos humanos, para que posteriormente sea sometida a plebiscito".

Para Goldaracena este pronunciamiento de la SCJ va a cambiar la opinión de los legisladores frenteamplistas que se oponen al proyecto interpretativo.

Montevideo Portal

Documentos asociados:

Sent 1525 inconstituc Ley de Caducidad organizaciones DD HH 29-10-10.doc - Sentencia de Inconstitucionalidad