Clases de economía

Impuesto de Primaria: pagos comienzan en marzo

A partir del lunes 10 de marzo, comienza el calendario de pagos del Impuesto de Educación Primaria. La primera cuota debe ser abonada entre el 10 de marzo, y el viernes 30 de mayo. Para el pago del tributo se encuentran habilitados los locales de la red Abitab, El Correo y Red Pagos en todo el país.

21.02.2014 11:32

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A partir del lunes 10 de marzo, comienza el calendario de pagos del Impuesto de Educación Primaria. La primera cuota debe ser abonada entre el 10 de marzo, y el viernes 30 de mayo. Debe ser abonado por propietarios, prominentes compradores, poseedores y usufructuarios de vienes inmuebles, urbanos y suburbanos.

Para el pago del tributo se encuentran habilitados los locales de la red Abitab, El Correo y Red Pagos en todo el país, y las oficinas del Impuesto
(18 de Julio 2039), sólo en Montevideo. Asimismo, en el Interior, se podrá abonar en las Inspecciones Departamentales de Primaria.

La recaudación se volcará íntegramente a la escuela pública, financiando gastos de alimentación escolar para 250.000 niños, transporte escolar para
discapacitados, reparaciones en escuelas por convenio con Comisiones de Fomento, limpieza, etc. Además, se sustenta el servicio de seguridad en las
escuelas.

Como en años anteriores, el impuesto será cobrado en tres cuotas y el calendario de pago se ajustará al siguiente detalle:

1era. Cuota: 10 de marzo al 30 de mayo
10/03 al 07/04 Montevideo 1 al 180.000 / Interior 1 al 20.000
08/04 al 02/05 Montevideo 180.001 al 360.000 / Interior 20.001 al 40.000
03/05 al 30/05 Montevideo 360.001 al final / Interior 40.001 al final


2da. Cuota: 01 de julio al 29 de agosto
01/07 al 25/07 Montevideo 1 al 180.000 / 1 al 20.000
26/07 al 15/08 Montevideo 180.001 al 360.000 / Interior 20.001 al 40.000
16/08 al 29/08 Montevideo 360.001 al final / Interior 40.001 al final

3ra. Cuota: 1º de octubre al 12 de diciembre
01/10 al 31/10 Montevideo 1 al 180.000 / Interior 1 al 20.000
01/11 al 20/11 Montevideo 180.001 al 360.000 / Interior 20.001 al 40.000
21/11 al 12/12 Montevideo 360.001 al final / Interior 40.001 al final

Más detalles

Mínimo imponible año 2014: $ 120.112. Los padrones urbanos y suburbanos cuyo valor real catastral, sea inferior a este monto está exonerados del pago. Dicha información surge de las cédula catastral. Consultar www.catastro.gub.uy

1) Multas:
5% si el tributo se abona dentro de los 5 días hábiles después del vencimiento.
10% si se paga después de los 5 días hábiles y antes de los 90 días corridos del vencimiento.
20% si paga después de los 90 días corridos del vencimiento.

2) Recargos
se calculará incrementando en un 10% la última tasa media trimestral del mercado para grandes y medianas empresas, publicada por el BCU, para operaciones corrientes de crédito bancario concertadas sin cláusula de reajuste para plazos menores a un año. (Decreto 274/08).Clases deaa

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