La Intendencia de Montevideo (IM) remitió a la Junta Departamental un proyecto de decreto para incorporar en el Régimen Punitivo Departamental la infracción de tránsito, sancionable con multa, correspondiente a la circulación de vehículos sin respetar el uso reglamentario del carril preferencial Solo bus.
“Se entiende pertinente establecer para tal infracción una multa correspondiente a tres unidades reajustables (3 UR), considerando el marco de unificación de los valores de infracciones de tránsito, ya que resulta asimilable a la infracción que establece 'no respetar señalamiento'”, dice la parte argumentativa de la resolución, a la que accedió Montevideo Portal.
Por tanto, en función de los valores actuales, la multa alcanza los $5.523.
La propuesta de la comuna es que la infracción caiga sobre aquellos que circulan en el carril Solo bus en los días y horarios no permitidos por una distancia mayor a los 100 metros.
Este aspecto legal había retrasado el comienzo de la aplicación de las multas, según dijo este lunes el director de Movilidad de la IM, Germán Benítez, en Canal 4. “Cuando esté todo empezamos a fiscalizar. Teníamos la infraestructura en un estado que había que repintar, señalizar. Además, desde el punto de vista normativo, Jurídica nos hizo una recomendación y estamos mandando un proyecto a la Junta Departamental”, dijo el jerarca en el programa 8 AM.
La normativa departamental establece que el “carácter preferencial del carril preferencial Solo bus regirá de lunes a viernes de 07:00 a 20:00, y sábados y feriados de 7:00 a 14:00, excepto en aquellos casos donde la División Transporte de la Intendencia de Montevideo lo establezca mediante la señalización correspondiente”.