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IM comienza este jueves a multar por invadir el carril Solo bus: todo lo que hay que saber

La comuna explicó cuándo los vehículos podrán ser sancionados, el valor de las infracciones y qué sucede con las bicicletas y monopatines.

14.01.2026 10:30

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2026-01-14T10:30:00-03:00
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Montevideo Portal

A partir de este jueves 15 de enero de 2026, la Intendencia de Montevideo iniciará el control efectivo del uso en varias avenidas y bulevares de la ciudad del carril Solo bus, una vía destinada, principalmente, al transporte público y pensada para que puedan circular sin obstáculos y reducir sus tiempos de viaje.

La comuna recordó que hay otros vehículos que pueden utilizar el carril en determinadas circunstancias: ómnibus dedicados a servicio de turismo o transporte internacional, taxis y remises con pasaje o vehículos de emergencia (ambulancias, vehículos del Ministerio del Interior y unidades de Tránsito y Transporte de la IM) solo en casos de urgencia.

Quienes también pueden circular por la vía preferencial sin que se les imponga una multa son las bicicletas, monopatines y demás vehículos de movilidad unipersonal. Estos vehículos no serán sancionados con la nueva normativa, siempre y cuando circulen contra el cordón en calles donde no haya ciclovía o bicisenda.

La fiscalización se realizará principalmente a través de cámaras instaladas a bordo de 58 ómnibus del sistema de transporte público, que controlarán tanto el estacionamiento indebido como la circulación no permitida de vehículos particulares dentro del Solo bus. También podrán sumarse, en situaciones puntuales, inspectores de tránsito.

Las infracciones que se tomarán en cuenta son dos: estacionar o detenerse en el carril Solo bus —que tendrá una multa de 2 UR ($ 3.695,92)— y circular por este carril específico por más de 100 metros sin ser vehículo autorizado —que tendrá una sanción de 3 UR ($ 5.543,88)—.

Esta distancia de 100 metros se tomó como criterio para permitir, por ejemplo, que un automóvil entre al carril al ingresar o salir de un garaje o se posicione brevemente para doblar en una esquina, sin que eso se considere infracción.

La normativa define que el carácter preferencial de la vía rige de lunes a viernes de 07:00 a 20:00 y sábados y feriados de 07:00 a 14:00. Fuera de esos horarios, se entiende que ya no está activa la restricción para vehículos particulares.

Las principales calles en las que funcionan estos carriles son avenida 8 de Octubre, avenida Agraciada, avenida Italia, avenida Rivera, José Enrique Rodó, Fernández Crespo, Mercedes, Eduardo Víctor Haedo y Colonia. El detalle, con los tramos delimitados, se puede consultar directamente en la página web de la Intendencia de Montevideo.

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