Contenido creado por Julian Moreno
Política

A mí que me revisen

Heber por terreno en Maldonado: “Fue rematado hace 10 años” y “estoy al día con impuestos”

En la Intendencia de Maldonado figura una deuda de contribución inmobiliaria impaga desde 2005 junto a su familia por un lote en Piriápolis.

04.05.2025 14:08

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2025-05-04T14:08:00-03:00
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Montevideo Portal

Luego de varias semanas de fuego cruzado entre el oficialismo y la oposición por las renuncias de la —ahora— exministra de Vivienda, Cecilia Cairo y el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), Rodrigo Arim por impuestos impagos, el portal Caras y Caretas informó que el actual senador por el Partido Nacional y exministro del Interior, Luis Alberto Heber y sus familiares, deberían la contribución inmobiliaria de un lote en Playa Grande, Piriápolis. Dicha deuda alcanzaría los $324.498 y estaría impaga desde 2005 a 2022.

En comunicación con Montevideo Portal, el nacionalista aclaró: “Fueron rematados esos terrenos hace más de 10 años y los compradores no pagaron ni los inscribieron”.

Además, agregó: “Yo soy la quinta parte de la tercera parte de esos terrenos. Estoy al día con todos mis impuestos”.

Horas después, el exministro posteó en su cuenta de X: 

Según firma la resolución de la Intendencia de Maldonado, “dispónese el inicio de acciones judiciales contra los Sres. Carlos Bernardo Santiago Fontana Etchepare, María Celia Gloria Fontana Etchepare, María Cecilia Etchepare, Alejandra Heber Fontana, Cecilia Heber Fontana, Fernando Heber Fontana, Luis Alberto Heber Fontana, Mario Heber Fontana y Carina Zulma Botto de Ferrari y/o herederos o sucesores a cualquier título de Carina de Ferrari Rocci, por la deuda que por concepto del impuesto de Contribución Inmobiliaria y demás tributos que se liquidan conjuntamente más multas y recargos, tiene la obligada, referida al padrón N.º 389, de la localidad 54- Playa Grande (CM 139898); generada por los ejercicios desde 2005 hasta 2022 inclusive, por la suma de $324.498 (pesos uruguayos trescientos veinticuatro mil cuatrocientos noventa y ocho), cuyo detalle surge de la Actuación 2, y que forma parte de la presente resolución, así como la que se genere en lo sucesivo hasta su total y efectiva satisfacción”.

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