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Fuerte y al medio

Gobierno propone crear ocho delitos ambientales con penas de hasta 12 años de cárcel

El estudio Guyer & Regules analizó el proyecto de ley remitido al Parlamento, que incorpora un capítulo específico al Código Penal.

10.07.2026 14:05

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Montevideo Portal

El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento un proyecto de ley que incorpora por primera vez un título específico sobre delitos contra el ambiente al Código Penal. Esto crea nuevas figuras penales para sancionar la contaminación, los daños a la biodiversidad y la obstaculización de los controles ambientales.

La iniciativa, que retoma proyectos elaborados en años anteriores, prevé la creación de ocho delitos ambientales agrupados en tres grandes categorías: delitos de contaminación, delitos contra la biodiversidad y delitos contra la gestión ambiental, según analizó la firma de abogados Guyer & Regules.

En el primer grupo se incluye la contaminación del aire, de las aguas y del suelo, además de la introducción ilegal de desechos peligrosos.

Por su parte, los delitos contra la biodiversidad abarcan la caza, pesca, captura o muerte de fauna en áreas naturales protegidas, la tala o destrucción de flora en esas zonas y el tráfico de especies de fauna y flora protegidas.

El proyecto también incorpora un delito vinculado a la gestión ambiental, que sanciona la falsedad de información y la obstaculización de las tareas de fiscalización.

Las penas previstas varían según la gravedad de la conducta. Para los delitos de contaminación y el tráfico de especies protegidas, se establecen condenas de entre seis meses de prisión y ocho años de penitenciaría. En el caso de la caza o tala ilegal en áreas protegidas, las penas irán de tres meses de prisión a seis años de penitenciaría.

La sanción más severa corresponde a la introducción ilegal de desechos peligrosos, que podrá castigarse con entre un año de prisión y doce de penitenciaría.

Asimismo, quienes falseen información u obstaculicen la fiscalización ambiental podrán recibir penas de entre seis y veinticuatro meses de prisión, además de una inhabilitación especial de dos a seis años.

Otro de los aspectos relevantes del proyecto es que establece un régimen de responsabilidad para los delitos cometidos en el ámbito de las personas jurídicas, indica el análisis del estudio. En esos casos, podrá ser considerado penalmente responsable quien ejerza efectivamente el poder de dirección de la empresa y haya contribuido de forma determinante a la comisión del delito.

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