Contenido creado por Federico Pereira
Política

Por la próxima pitada

Gobierno no apelará el fallo que suspendió decreto sobre empaquetado de cigarrillos

El argumento del Poder Ejecutivo es que será el Tribunal de lo Contencioso Administrativo el que resuelva la vigencia de la norma.

21.10.2022 20:14

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2022-10-21T20:14:00-03:00
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El Gobierno no apelará el recurso de amparo del Poder Judicial que suspende la aplicación del decreto del Poder Ejecutivo que flexibiliza el empaquetado de cigarrillos y habilita la introducción de la cajilla blanda para las unidades de producción nacional.

La decisión de Presidencia se da “teniendo en cuenta que será el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) el que resolverá la vigencia de la norma aprobada”.

“Se entendió innecesario sumar una nueva instancia judicial a través de la apelación de la sentencia en primera instancia”, informó el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM).

El pasado miércoles 19 de octubre, la jueza de Familia María Elena Emmenegger Giambiassi dio lugar al recurso de amparo presentado por la Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT) y resolvió suspender de manera inmediata la aplicación del decreto 282/022 del Poder Ejecutivo, que modificó el empaquetado de cigarrillos.

La sentencia judicial estableció: “Por hacer lugar parcialmente a la demanda de amparo dispónese la inmediata suspensión del decreto 282/022 hasta que quede firme el acto administrativo o para el caso de tramitarse la vía anulatoria, hasta que el TCA dicte sentencia ejecutoriada”.

El decreto firmado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, flexibilizó la normativa sobre el empaquetado de cigarrillos al modificar los artículos 7, 8 y 10 del decreto n° 120 de abril de 2019 impulsado por el expresidente Tabaré Vázquez.

En el decreto del Ministerio de Industria, Energía y Minería se argumenta que “al imponer como única versión comercializable la cajilla dura (cartón con apertura ‘flip top’), excluye la cajilla blanda que ha sido tradicionalmente la de mayor venta en el mercado y cuyas características le permiten competir más efectivamente con aquellas mayoritariamente del mismo tipo que ingresan de contrabando”.

En el artículo 7° del nuevo decreto se mantiene casi la misma redacción que en el anterior, pero se elimina la última oración, que establecía que “la apertura de los paquetes de cigarrillos será tipo abatible o ‘flip top’”.

“Los paquetes de cigarrillos tendrán forma de prisma rectangular y su tamaño deberá ajustarse a las dimensiones que se especifican a continuación: Alto: 80 a 90 mm / Ancho: 40 a 60 mm / Profundidad: 15 a 25 mm”, señala el articulado.