Fuera de las veredas y con 14 años: departamento reguló el uso de monopatines eléctricos
Se trata del primer decreto emitido por un gobierno municipal. Además, se crea un permiso de conducir especial para poder manejar.
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La Intendencia de San José promulgó un decreto que regula la circulación, condiciones de uso y requisitos de los vehículos de movilidad personal (VMP), categoría en la que suelen predominar los monopatines eléctricos.
La norma refiere a dispositivos de transporte individual, de una o más ruedas, propulsados exclusivamente por motor eléctrico y diseñados para circular a una velocidad limitada.
Para conducir este tipo de vehículos será obligatorio tener una edad mínima de 14 años, utilizar casco protector y elementos reflectantes. Los vehículos deberán contar con sistema de iluminación delantera y trasera, frenos en ambas ruedas o sistema equivalente, base de apoyo para los pies y un dispositivo sonoro (timbre o bocina).
La velocidad máxima de circulación será de 25 kilómetros por hora y queda prohibido transportar más de una persona por vehículo. La circulación estará permitida en calles, avenidas, ciclovías y bicisendas.
Queda prohibida la circulación de los monopatines en veredas, espacios peatonales y rutas nacionales dentro del departamento. Los conductores deberán contar con un seguro de responsabilidad civil contra terceros.
El decreto establece la creación de un registro departamental de vehículos de movilidad personal, que será obligatorio, gratuito y de tramitación simple. Estos vehículos estarán exentos del pago de patente de rodados, así como de cualquier tributo o tasa vinculada a su registro o identificación.
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