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Extienden hasta octubre plazo para regularizar permisarios de aplicaciones de transporte

Los conductores no titulares de permiso de Uber y Cabify deberán inscribirse ante la Intendencia de Montevideo como choferes adicionales.

04.08.2022 20:24

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2022-08-04T20:24:00-03:00
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La Junta Departamental de Montevideo prorrogó hasta el 9 de octubre de 2022 el plazo establecido para que permisarios del servicio de transporte por aplicaciones (Uber y Cabify) gestionen ante la Intendencia su ajuste a la serie de nuevas disposiciones en la materia establecida por el gobierno departamental en mayo de 2019; y para que los conductores no titulares de permiso puedan inscribirse ante la IM como nuevos permisarios.

La Junta se encuentra en el proceso de consideración y discusión del proyecto, que se viene llevando a cabo con la participación de diversos actores de la sociedad civil.

“A los efectos de que dicho proceso continúe se entiende necesario solicitar una nueva prórroga de la vigencia del período de transición por dos meses”, informó el órgano legislativo en un comunicado.

Este denominado régimen transitorio fue establecido originalmente por 15 meses, y luego fue renovado en sucesivas oportunidades hasta la fecha tras determinada la situación de emergencia sanitaria por la covid-19 en el país.

La Intendencia de Montevideo estableció en mayo de 2020 una nueva reglamentación para el transporte por aplicaciones, con un tope máximo de permisarios, las características de los vehículos para prestar el servicio y la creación de una Comisión de Seguimiento, además de la de la figura de chofer de apoyo.

Entre otras disposiciones, se estableció que cada permisario deberá ser propietario del vehículo y que, junto con el chofer de apoyo, son los únicos que podrán conducir el auto para prestar el servicio.

Dicha figura de conductor adicional debe ser previamente declarado por el permisario, y solo es aceptado si se trata de un familiar del permisario hasta el segundo grado de consanguinidad, su cónyuge o concubino/a reconocido/a judicialmente, o hijo/a de su cónyuge o de su concubino/a.

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