Elecciones en el BPS
Desde las 8 hrs de este domingo, se abrieron las urnas para sufragar en las elecciones del Banco de Previsión Social. ¿Qué se vota, quiénes votan, cómo y dónde, qué pasa si no se concurre a votar? Consultá la información sobre estos comicios.
27.03.2011 09:35
Montevideo Portal
En las elecciones de este domingo se elegirán los nuevos Directores Sociales del Banco de Previsión Social. El voto es obligatorio para las personas incluidas en los padrones electorales.
Para verificar si le corresponde votar, así como el circuito dónde deberá hacerlo, puede llamar a los teléfonos indicados para cada uno de los órdenes de afiliados: TRABAJADORES: 0800-8747, JUBILADOS Y PENSIONISTAS: 0800-8748, EMPRESAS: 0800-8745, o consultar el Plan Circuital, publicado en la web de la Corte Electoral.
Sólo están exentos de sufragar aquellos afiliados que, a la fecha de la elección, tengan 75 años o más.
¿QUIÉNES VOTAN?
Trabajadores activos
Son electores los Trabajadores dependientes públicos o privados (obreros, empleados, etc.), mayores de 18 años de edad al 30.06.2010, que hayan mantenido su condición de afiliados durante los 12 meses anteriores a la citada fecha.
Para conocer el circuito electoral donde deberán votar, comunicarse al 0800 8747.
Jubilados y pensionistas
Son electores las personas mayores de 18 años de edad que hubieran sido declaradas como Jubiladas, Pensionistas por sobrevivencia, Pensionistas a la vejez y Pensionistas por Invalidez, al 30.06.2010.
Para conocer el circuito donde deberán votar, comunicarse al 0800 8748.
Empresas contribuyentes
Son electores las Empresas contribuyentes no estatales (monotributistas, unipersonales y sociedades), inscriptas como tales en el BPS antes del 30.06.2010, en tanto se hayan afiliado y mantenido dicha afiliación durante los 12 meses anteriores al 30.06.2010, y que a dicha fecha se encontraran al día en el pago de sus obligaciones o de las facilidades concedidas por BPS. No votan los patrones del servicio doméstico. Las Unipersonales Profesionales no deben votar, porque no son contribuyentes de BPS.
Para saber si están habilitadas a votar y/o para conocer el lugar donde tendrá que hacerlo su mandatario, deberán comunicarse al 0800 8745.
LA ELECCIÓN
¿Es obligatorio?
El voto es obligatorio y secreto, igual que en las elecciones nacionales o municipales.
Para votar se deberá exhibir Credencial Cívica, salvo para los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que lo harán con el documento de identidad. Si una persona estuviera habilitada para votar en más de un orden, deberá hacerlo.
¿Qué pasa si no voto?
Los trabajadores, jubilados y pensionistas que no voten tendrán una multa de igual valor a la aplicada a los omisos en las últimas elecciones nacional que corresponde a 1 UR.
Las sanciones para las empresas que estando habilitadas no voten, se encuentran previstas en el artículo 21 de la ley 16.241, el cual dispone multas desde 6 UR a 100 UR, según la cantidad de trabajadores dependientes, sin importar la naturaleza jurídica del contribuyente.
La multa será de 6 UR para una empresa que tenga hasta 10 trabajadores. 12 UR para aquellas con entre 11 y 20 trabajadores. 25 U para empresas que tienen entre 21 y 50 trabajadores. 50 UR para las que tienen entre 51 y 100 trabajadores. 100 UR para empresas con más de 100 trabajadores.
Constancia de voto
Las Comisiones Receptoras de Votos entregarán a cada votante una constancia de su voto.
Los electores que se consideren amparados por alguna causa de justificación de la no emisión del voto deberán comprobarlos fehacientemente ante la Corte Electoral hasta sesenta días después del mismo.
La Corte Electoral expedirá constancia de la justificación de la causal.
Desde el primer día del tercer mes siguiente al acto eleccionario y por el término de tres meses, para que los afiliados activos y pasivos puedan hacer efectivos sus haberes deberán presentar la constancia de emisión del voto o, en su defecto, la constancia de justificación de la causal expedida por la Corte Electoral o de pago de la multa.
Los empleadores serán solidariamente responsables del pago de la multa en caso de incumplimiento.
Las empresas contribuyentes incluidas en el padrón respectivo no podrán, a partir del primer día del tercer mes siguiente al acto eleccionario, efectuar pagos al Banco de Previsión Social ni a la Dirección General Impositiva, solicitar cualquier certificado, suscribir convenios de pagos o realizar cualquier diligencia ante dichos organismos sin exhibir la constancia de emisión de voto o de la causal de justificación expedida por la Corte Electoral, o de pago de la multa.
¿A QUIÉN SE VOTA?
Trabajadores: Hay una lista única, es la 11 y lleva como candidato a Ariel Ferrari, que va por la reelección.
Empresarios: También hay lista única: es la 22, y postula la reelección de María Elvira Domínguez.
Pasivos: En este orden se presentan tres listas: la Lista 1, de la Onajpu (Organización Nacional de Jubilados y Pensionistas del Uruguay, actualmente en el Directorio del BPS, con Getza Stari), que postula a Sixto Amaro; la Lista 2, de la Cojupe (Coordinadora de Jubilados y Pensionistas del Uruguay), que postula a Héctor Morales, y la Lista 3, de la UJP (Unión de Jubilados y Pensionistas), que postula a Carlos Sarthou.
MÁS DUDAS
Estas elecciones presentan varias dudas a los montevideanos:
¿Por qué son obligatorias si hay lista única para empresarios y trabajadores?
¿Por qué algunas personas deben votar en tres lugares distintos?
¿Qué pasa si estoy habilitado para votar y no voto?
Consultá las respuestas a estas y otras preguntas haciendo click aquí.
SERVICIO DE TRANSPORTE
Con motivo de las elecciones, el servicio de transporte colectivo será mayor al habitual para ese día de la semana, anunció la IMM en un comunicado.
Funcionarán las frecuencias correspondientes a un día sábado, aclaró la comuna, agregando que los usuarios pueden consultar los horarios de los servicios en la página web de la Intendencia de Montevideo.
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