La Asamblea General se reunió este jueves en sesión extraordinaria y votó afirmativamente la designación de los dos nuevos ministros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA): María Rosina Rossi Albert y José Alberto Balcardi Tesauro.
Ambos ocuparan los dos puestos que quedaban vacantes en el Tribunal de cinco miembros, que preside Selva Anabella Klett Fernández e integran además William Corujo Guardia y Luis María Simón. El TCA había informado el cese como ministros de Eduardo Vázquez Cruz y de Nilza Salvo.
Presidida en esta ocasión por la senadora nacionalista Graciela Bianchi, en la sesión de la Asamblea General votaron afirmativamente 95 en 104 legisladores por la designación de Rossi.
“Comunico a los señores legisladores que la doctora María Rosina Rossi Albert se encuentra en el exterior por razones laborales. Por tal motivo prestará el juramento de estilo en una próxima sesión de la Asamblea General. Es por razones de fuerza mayor”, informó Bianchi.
La designación de Balcardi fue votada afirmativamente por 93 de 104 legisladores. A continuación se lo invitó a pasar a sala a prestar el juramento de estilo.
“Yo, José Balcardi, me comprometo por mi honor a desempeñar lealmente el cargo que se me a confiado y a guardar y defender la Constitución de la República”, proclamó, antes de ser nombrado por la presidenta de la Asamblea General.
Creado en la Constitución de 1952, el TCA es un “órgano independiente de justicia administrativa” que “tuvo como principio de inspiración, la salvaguarda de los derechos privados que podían ser lesionados por la autoridad pública y contra la eventual ilegalidad de la Administación”.
El Tribunal se compone de cinco miembros, cuyas calidades para su designación y demás prerrogativas son las mismas asignadas a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, según informa el órgano en su sitio web.
“El TCA conoce de las demandas de nulidad de actos administrativos definitivos, cumplidos por la administración en el ejercicio de sus funciones, contrarios a una regla de derecho o con desviación o abuso de poder. Su jurisdicción comprende también los actos administrativos definitivos emanados de todos los órganos del Estado, de los gobiernos departamentales, entes autónomos y servicios descentralizados”, añade el cuerpo.
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