Contenido creado por Nicolás Delgado
Política

Aguafiestas

Edgardo Ortuño presentó recurso de anulación ante el TCA contra proyecto Arazatí

“Se resolvió por procedimiento de urgencia, sin justificación razonable, y apartada de lo dispuesto por Reglamento Interno de Directorio”.

05.12.2022 20:57

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2022-12-05T20:57:00-03:00
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Montevideo Portal

El director de OSE en representación del Frente Amplio, Edgardo Ortuño, presentó ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) un recurso de anulación del proyecto Arazatí, que tiene como fin captar agua del Río de la Plata para su potabilización y bombeo hacia Montevideo y será financiado con capital privado.

El proyecto Neptuno se ubica en Arazatí, departamento de San José, por lo que suele denominárselo de las dos maneras, y se sustenta en la resolución del directorio de OSE 1144/22 de fecha 15 de noviembre de 2022. En esa jornada, el presidente Luis Lacalle Pou destacó en conferencia de prensa que “es la inversión más grande en esta área de los últimos 150 años en el país. Es una inversión que va a superar los US$ 200 millones”. Además, el mandatario agregó: “Y cuando esté acompañado por el saneamiento va a llegar a los US$ 500 millones. Es una inversión que hace a la seguridad para poder tener agua potable sin perjuicio de sequías o de fallas técnicas”.

Ortuño recurrió este lunes esta resolución del directorio de OSE “por razones de forma y de fondo, […] ya que la formación de la voluntad del órgano [en este caso el directorio] se encuentra viciada por haberse emitido irregularmente, en tanto: a) se resolvió por un procedimiento de urgencia, sin justificación razonable, y apartada de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Directorio, que supuso resolver un asunto trascendente y complejo, que implica asumir importantes riesgos y un costo millonario para la Administración, en 24 horas, sin tiempo para su debido análisis y estudio, y b) se adoptó resolución sin contar con los informes de los servicios técnicos especializados de OSE correspondientes, ni tiempo razonable para estudio, análisis y asesoramiento sobre la documentación recibida 24 horas antes de su tratamiento, imprescindible para la toma de una decisión informada, como establece el art. 3 del Reglamento Interno del Directorio, responsable y conforme a los criterios éticos y de buena administración”.

Ortuño dirige su demanda por lo tanto al directorio y a los otros dos integrantes: Raúl Montero, presidente de OSE, y Susana Montaner, vicepresidenta.

24 horas

El director de OSE en representación de la oposición cuestiona cómo presidente y vicepresidenta aprobaron la resolución: “Se prestó conformidad a los estudios de factibilidad formulados en el marco de la Iniciativa Privada denominada ‘Neptuno’ y se dispuso la convocatoria a una Licitación Pública Internacional, en sesión Extraordinaria del Directorio convocada con 24 horas de anticipación, no habiéndose realizado de acuerdo al procedimiento normal, por lo que se cuestiona la interpretación que del concepto ‘cuestiones de carácter grave y urgente’, previsto en el art. 8 del Reglamento Interno de Directorio”.

“Por este motivo el proceso de decisión careció de las garantías necesarias, elementales y fundamentales para adoptar una resolución informada, responsable y apegada a los principios de buena administración”, sostiene Ortuño en la demanda a la que accedió Montevideo Portal.

El exdiputado y exsubsecretario de Industria, Energía y Minería considera que “el procedimiento de urgencia adoptado para la resolución en 24 horas, de un asunto trascendente y complejo que implica asumir importantes riesgos y un costo millonario para el Estado, no se ajusta con el principio de razonabilidad, no teniendo otra consecuencia que haber impedido que el director se informara debidamente, contara con asesoramiento y tiempo de análisis adecuado para participar como se debe en un proceso normal de formación de la voluntad del Directorio”.

“Ninguna consecuencia grave se hubiera producido, si se hubiese resuelto el asunto con un tiempo suficiente que diera todas las garantías necesarias que permitiera analizar adecuadamente todos los aspectos sustantivos y determinantes que establecen las características, utilidad y conveniencia del proyecto finalmente puesto a consideración, con los informes técnicos imprescindibles, entre otros. Por el contrario, se brindó tan solo 24 horas para el conocimiento del informe de la Corporación Nacional para el Desarrollo, y para el conocimiento de la solución técnica finalmente elegida presentada en el volumen 5 del Estudio de Factibilidad del Proyecto con fecha noviembre 2022, diferente a las soluciones analizadas e informadas en diversos actos preparatorios anteriores, como son todas las actuaciones relativas al contenido de los volúmenes 1 a 3 de dicho Estudio de Factibilidad aprobados por mayoría por el Directorio por RD 341/22 del 27 de abril de 2022, y del contenido en el volumen 4 de dichos estudios presentado en el mes de agosto respecto del cual no existe Resolución del Directorio”, agrega.

“Finalmente se destaca que, en el Considerando 3) de la R/D n° 1144/22 se establece que la nueva planta Potabilizadora de Arazatí tiene una ‘capacidad neta de producción de agua potable de 160.000 m3/día y modalidad de contrato pago por disponibilidad’. Técnicamente la opción adoptada supone una reducción importante de la capacidad de producción prevista originalmente de 229.000 m3/d, lo que representa 69.000 m3/d menos que la capacidad que aprobó el Directorio en los Estudios de Factibilidad por R/D n° 341/22”, concluye Ortuño.

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