La oposición interpela este lunes 24 de noviembre a la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, después de la polémica que generó el caso de Álvaro Danza, el presidente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), en relación con la “incompatibilidad” entre su desempeño en el ámbito privado y público.
La instancia fue aprobada a principios de mes y será encabezada por Gerardo Sotelo, diputado del Partido Independiente. La oposición pidió durante meses la renuncia de Danza por considerar que incurre en una inconstitucionalidad al mantener sus trabajos en mutualistas y como docente grado 5 en la Facultad de Medicina.
Tras varios meses de polémica, y luego de que la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) asegurara que no existía “incompatibilidad” en el accionar de Danza, el presidente de ASSE anunció que durante su mandato al frente del centro de salud abandonaría sus actividades privadas.
Danza trabajaba como médico en tres mutualistas (Asociación Española, Médica Uruguaya y Cooperativa de Asistencia Médica de Soriano), además de como profesor titular grado 5 de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República (Udelar).
“¿Qué cambió de 2008 a 2025? ¿Cuándo dejó de ser incompatible lo que la propia fuerza política del gobierno reconocía como incompatible?”, se preguntó Sotelo y apuntó contra Lustemberg por diferenciar a Aguilar y Danza.
Seguí la interpelación en vivo:
En su primera exposición, Sotelo sostuvo que el “único propósito” de la interpelación, que “refiere a decisiones personales que resultan en actos administrativos inconstitucionales”, tiene que ver con “conocer las explicaciones” de Lustemberg sobre el caso de Danza ante los “los reproches casi unánimes que se le hace al gobierno”.
El diputado del Partido Indpendiente cuestionó a Danza por haber violado el artículo 31 del Código de Ética en la Función Pública, que establece: “Queda prohibido a los funcionarios públicos ejercer su función con relación a las actividades o entidades privadas a las que se encuentren vinculados profesional, laboral o familiarmente, o mediante cualquier otro vínculo del cual pueda derivar un conflicto entre el interés público y el privado”. Esta prohibición se extiende “a todas las contrataciones de servicios… realizadas a solicitud de una Administración comprendida en esta ley… mediante la ejecución de proyectos por terceros”.
En ese sentido, la oposición sostuvo que el presidente de ASSE lideró una reunión en la que se recindió el contrato de la mutualista estatal con el Círculo Católico, una competencia de los tres sanatorios en los que trabajó.
Sotelo recordó que la situación de Danza no es “un hecho inédito”. En ese sentido, el legislador recordó el caso de Baltasar Aguilar, quien en 2008 mantenía actividad profesional como cardiólogo clínico incompatible con su cargo en ASSE. En aquel entonces, la ministra de Salud Pública, María Julia Muñoz, argumentó la renuncia de Aguilar de este modo: “El motivo por el cual ha presentado la renuncia, es que su cargo es incompatible con el ejercicio de la cardiología clínica”.
En tanto, Lustemberg volvió a respaldar al presidente de ASSE y sostuvo que “no existe incompatibilidad” y negó un “fallo constitucional”. La jerarca insistió en la importancia de que Danza “complete” el quinqueño en la mutualista estatal.
“Danza, además de su formación como médico y docente, que alcanzó el grado de profesor y como administrador de salud, es una persona con un gran liderazgo, compromiso y dedicación para trabajar y conducir la enorme red de servicios que es ASSE”, sostuvo la ministra de Salud Pública.
La jerarca destacó el informe realizado por el estudio Delpiazzo antes de que Danza asumiera en ASSE, en el que se desprendió de que no había actividades entre sus trabajos en la gestión privada y pública.
“Si el constituyente ingresó en la moralidad en el ejercicio de la función y, justamente, quiso evitar las ventjas o provechos personales o beneficios asociados, no puede tratarse de una interpretación de tipo objetiva, sino que recobra fundamental importancia el ejercicio de la función. Concretamente, la manera en cómo se ejerce la función”, dijo Lustemberg.
Las normales legales que violó Danza, según la oposición
Violación de la Constitución
Entre el 26 de marzo, que fue designado, y el 7 de noviembre, que renunció a tres contratos con prestadores privados, Álvaro Danza “siempre realizó actividades prohibidas por la Constitución (art. 200) y la ley 18161 (art. 9) , al desempeñárse como médico internista)”.
Violación del Código Penal
Entre el 1º <de marzo y el 7 de noviembre, Danza recibió de la Asociación Española un salario “muy superior” (entre un 400 y un 500 por ciento) del que corresponde a un médico consultante, según su declaración de ingresos a Jutep.
“Al menos hasta el 6 de noviembre, cualquier usuario de las mutualistas en las que trabajaba podía obtener una consulta en policlínica con el Dr. Alvaro Danza, en su calidad de médico internista, sin requisito alguno por complejidad y sin más derivación que la de un médico de Medicina General”, platean desde la oposición.
Estas acciones pueden encuadrarse en los delitos tipificados en los artículos 239 y 240 del Código Penal, como “falsificación ideológica por un particular” o “falsificación o alteración de un documento privado”, respectivamente.