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Política

Mira con otro cristal

Domenech sobre veto presidencial a inhibición de exfiscales: “Se comete un error”

El senador cabildante consideró que “es evidente” que con el presidente tienen “criterios distintos sobre varios aspectos de la realidad”.

24.10.2023 21:26

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2023-10-24T21:26:00-03:00
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El senador de Cabildo Abierto Guillermo Domenech expresó su rechazo al veto parcial dado por el presidente, Luis Lacalle Pou, al artículo de la Rendición de Cuentas que impedía a los fiscales penales trabajar por un año “ante los organismos en los que cumplieron funciones, patrocinando o asistiendo a terceros” luego de dejar su cargo.

En diálogo con Montevideo Portal este martes, Domenech consideró que “se cometió un error”. “La disposición respondía al interés de un amplio sector del foro que veía con preocupación que funcionarios que habían sido fiscales, que habían recibido hasta formaciones, poseían conocimiento de la oficina y de los criterios manejados, tuvieran que competir en el ejercicio profesional”, explicó.

El cabildante apuntó que no tuvo la oportunidad de reunirse con el presidente para plantearle su postura al respecto. Igualmente, señaló que lo toma “como una discrepancia más de criterios”.

“Lo que es evidente es que tenemos criterios distintos sobre varios aspectos de la realidad [con Lacalle Pou]”, expresó.

Consultado sobre si el acumulado de estas discrepancias podría significar una eventual ruptura de su partido con la coalición, dijo que “por el momento no lo ha significado”, pero que no se dedica “a aventurar el futuro”. “Vaya a saber qué pasa”, añadió.

El presidente vetó este martes tres artículos en total de la Rendición de Cuentas. En el caso vinculado a los fiscales, el veto se hizo de forma parcial, ya que se mantuvo en su redacción la inhibición para el fiscal de Corte por un período de tres años tras su cese, pero se quitó la prohibición de ejercer la profesión a los fiscales penales en materia penal.

El artículo 636 de la Rendición de Cuentas que quedó vigente establece: “El fiscal de Corte y procurador general de la Nación y el fiscal adjunto de Corte estarán inhibidos por tres años, desde su cese, de intervenir en asuntos tramitados ante los organismos en los que cumplieron funciones, patrocinando o asistiendo a terceros”.

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