Diputados votará proyecto para evitar ahogamientos: las medidas para piscinas particulares
El plan impulsa una serie de recomendaciones no obligatorias para prevenir este tipo de accidentes en los hogares.
08.06.2026 14:46
Montevideo Portal
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes votará esta semana un proyecto de ley que tiene como objetivo prevenir los ahogamientos e incluye recomendaciones para piscinas particulares que se encuentran en domicilios privados.
En el proyecto se establece que para aquellas piscinas que se encuentren “enterradas o semienterradas al aire libre” y que su contenido de agua sobrepase una cantidad de metros cúbicos aún no definida, se sugiere contar con, por lo menos, uno de los siguientes sistemas de seguridad:
— “Cercado o valla perimetral que aísle la piscina, de altura no menor a 1,30 metros”.
— “Alarma de inmersión”.
— “Cubiertas de seguridad que soporten el peso de un adulto sin hundirse”.
A su vez, se establece que se podrán añadir más medidas de recomendación a las anteriormente mencionadas, así como modificar las ya existentes. En línea con lo anterior, la Mesa Interinstitucional de Seguridad Acuática (MISA) estará a cargo de actuar como “organismo de referencia para las recomendaciones de seguridad acuática”.
En diálogo con Montevideo Portal, el diputado del Partido Nacional, José Luis Satdjian, comentó que el proyecto “es preventivo, porque no hay normativa en materia de prevención de ahogamientos”.
“En base a la concientización de todas las bancadas y el trabajo de varios legisladores que venimos haciendo hace un tiempo, llegamos a este proyecto que probablemente estemos votando en el correr de estos días”, sumó.
El proyecto también incluye recomendaciones para otros espacios tales como piscinas públicas, playas, ríos, lagos o piscinas en complejos hoteleros.
En el caso de las piscinas públicas y privadas de uso público, se establece que deberán contar con:
— Sistemas de drenaje y desagüe que cumplan con las normas internacionales sobre prevención de succión y atrapamiento.
— Señalización visible de profundidad, normas de uso y riesgos.
— Registro y reporte obligatorio de incidentes y eventos adversos al Sistema Nacional de Vigilancia.
— Protocolos de actuación frente a situaciones de emergencia.
Finalmente, en el caso de playas, ríos, lagos y cuerpos de agua naturales, se recomendará a los gobiernos departamentales lo siguiente:
— Elaborar un Plan Departamental de Seguridad Acuática, alineado con el Plan Nacional de Seguridad acuática vigente.
— Determinar, señalizar y comunicar públicamente las zonas habilitadas y no habilitadas para baño.
— Garantizar la presencia de guardavidas en aquellas zonas de uso recreativo masivo, conforme a criterios técnicos de gestión integral del riesgo.
— Instalar señalización uniforme y estandarizada de acuerdo a un sistema nacional.
— Implementar campañas de educación y prevención que respondan a la realidad local.
Montevideo Portal
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