El diputado del Partido Socialista, Enzo Malán, presentó un proyecto de ley para regular la tenencia y porte de armas de aire o gas comprimido, “con la finalidad de contribuir a la disminución de las lesiones graves e incluso potencialmente letales provocadas por el manejo de las mismas”, tal como señala el primer artículo de la iniciativa.
El artículo dos modifica el primero de la ley 19:247 —sobre armas de fuego— y plantea que las armas de aire comprimido se agreguen a la lista de armamento o municiones cuya tenencia se prohíbe, salvo que se tenga autorización de porte por parte del Ministerio del Interior o de Defensa.
Los siguientes artículos también modifican aspectos de la mencionada norma, en lo referente a la incautación, la comercialización de armas, la compraventa entre particulares, los datos de registro de armas, el plazo para la regularización, la tenencia no autorizada y la destrucción del armamento incautado.
El texto, firmado por Malán y otros ocho representantes del Frente Amplio, indica en su exposición de motivos que en los últimos tiempos se han dado una serie de episodios delictivos, “algunos con violencia que llevó a desenlaces fatales para la víctima, cuya nota caracterizante fue la utilización por los autores de armas de aire comprimido”.
“Muchas veces estas armas tienen una apariencia similar a primera vista y para el común de las personas a las armas de fuego. En la actualidad, estas armas son accesibles y de venta libre en el mercado nacional”, apunta el texto.
“Es por esto que el objeto del presente proyecto de ley es incorporar a dicha norma un artículo que modifique la ley vigente, agregando a dicha regulación también a las armas de aire comprimido”, agregan.
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