El Banco de Previsión Social (BPS) habilitará desde este lunes 7 de setiembre al mediodía los canales para que trabajadores, jubilados y pensionistas consulten si les corresponde devolución de excedentes de aportes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) del año 2025, según informó el organismo en su sitio web.

Quienes tengan usuario personal BPS podrán acceder al monto exacto y al detalle del cálculo de su devolución a través del servicio “Consultar detalle de devolución Fonasa” disponible acá en este enlace, una vez registrados como usuarios. Además, recibirán en su correo electrónico el comprobante con el importe a cobrar de forma anticipada.

Quienes no cuenten con usuario personal BPS podrán consultar únicamente si les corresponde o no devolución a través de tres vías: la línea gratuita 0800 2016, el WhatsApp Fonasa al 092 36 62 72 o mediante la consulta web “Devolución Fonasa - ¿Estoy comprendido? disponible en el sitio del BPS.

El pago efectivo de las devoluciones comenzará a partir del 21 de setiembre.

Devolución Fonasa 2025

Consulta y cobro de excedentes de aportes al Fondo Nacional de Salud

Cronograma

7 de set.
Habilitación de consultas (desde el mediodía)
21 de set.
Inicio del pago de devoluciones

Montos mínimos para tener derecho a devolución

Trabajadores (promedio mensual 2025)
Más de $122.629
Jubilados y pensionistas (promedio mensual 2025)
Más de $132.848
Personas alcanzadas
Más de 152.000

Canales de consulta sin usuario BPS

Línea gratuita: 0800 2016
WhatsApp Fonasa: 092 36 62 72
Web: 'Devolución Fonasa - ¿Estoy comprendido?' en el sitio del BPS
Fuente: Banco de Previsión Social (BPS) · 07/09/2025

El proceso alcanza a más de 152.000 personas. El monto total a devolver por parte del organismo asciende a unos 8.676 millones de pesos.

Según precisó el BPS, tienen derecho a devolución los trabajadores que en 2025 hayan registrado un promedio de ingresos mensuales superior a 122.629 pesos, y los jubilados o pensionistas cuyo promedio mensual haya superado los 132.848 pesos, ambos valores en términos nominales.

El BPS detalló en su sitio web el mecanismo para calcular la devolución Fonasa, dirigida a trabajadores dependientes, no dependientes, jubilados y pensionistas que realizaron aportes personales al Fondo Nacional de Salud entre enero y diciembre de cada ejercicio.

Según informó el BPS, el reintegro surge de comparar los aportes personales al Fonasa realizados durante el año con un tope anual. Ese tope se determina a partir de la suma del costo promedio equivalente (CPE) mensual, incrementado en un 25%, y varía según la situación familiar o personal de cada beneficiario. Solo se computan los meses del ejercicio en que la persona fue beneficiaria del sistema.

El organismo precisó que las tasas de aporte varían según la situación familiar y los ingresos de cada persona. El CPE correspondiente a menores de edad o mayores con discapacidad se asigna en partes iguales entre quienes generan el beneficio y les atribuyen el amparo al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).

En cuanto a la retención del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el BPS indicó que se aplica porque los montos devueltos son aportes personales que fueron computados como deducciones al momento de determinar el impuesto. Para los ejercicios 2011 a 2015, se aplica una retención del 20%, conforme a la resolución 575/012 de la Dirección General Impositiva (DGI), del 21 de marzo de 2012. Desde el ejercicio 2016 en adelante, la retención es del 8%, de acuerdo con la resolución 3148/017 de DGI, del 26 de mayo de 2017.