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Ferocidad

Detalles del procesamiento de Machado

El juez Ruben Saravia procesó con prisión al coronel (r) Tranquilino Machado por el asesinato del militante Ramón Peré. El abogado del militar, Miguel Langón, dijo a Montevideo Portal que se utilizó el “derecho penal del enemigo”.El juez Saravia entendió que el crimen fue cometido con “intención” e “impulso de brutal ferocidad”. Auto de procesamiento

07.06.2011 19:52

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2011-06-07T19:52:00-03:00
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Montevideo Portal

En conversación con Montevideo Portal el abogado del militar retirado, Miguel Langón, dijo que no esperaba esta decisión del juez: “Yo esperaba que algún día cambiara este derecho penal del enemigo”.

Langón señaló que no se tomó en cuenta que el procesado reconoció en el momento que había sido él quien había disparado, a la vez que actuó bajo órdenes en una situación de enfrentamiento.

El abogado manifestó que el arma con la que Peré actuó se encontró en el lugar: “No es una muerte en un cuartel y se le dio asistencia. Una vez más un procesado sin pruebas. Se argumenta la peligrosidad, yo creo que nunca le vio la cara”, agregó Langón que preparará en las próximas horas el documento de apelación del fallo

Machado tenía 24 años cuando ocurrió el hecho y se desempeñaba como alférez en el batallón Florida.

El hecho ocurrió durante la huelga general de 1973, cuando Peré ocupaba la Facultad de Veterinaria. Peré, que falleció tras recibir un disparo por la espalda, fue el primer muerto de la dictadura.

Se encontraba ocupando ese local en el marco, en protesta por el golpe de Estado y estaba repartiendo volantes con un compañero cerca de Facultad cuando detectaron que eran seguidos por dos efectivos vestidos de civil. Uno de los efectivos hizo fuego y una de las balas alcanzó a Peré.

Uno de los elementos centrales de la imputación fue la autopsia de los restos de Peré, en la que los forenses determinaron como causa de la muerte "disparo de arma de fuego, de pequeño calibre, probablemente un revólver 22, desde una distancia de 40 ó 50 metros".

"El proyectil ingresó por la región dorsal (espalda), impactó en la vértebra nº 11 y afectó el corazón. Además, Peré presentaba un fuerte golpe en el cráneo", señaló la autopsia difundida por el diario La República cuando se conoció el pedido del fiscal, en diciembre de 2010.

Procesamiento


El auto de procesamiento dictado por el juez Ruben Saravia y divulgado en la tarde de este martes, señala que existió de parte del procesado "el elemento volitivo ya que quiso ese fin concreto (dar muerte a la mencionada víctima), así como el elemento intelectivo, ya que tuvo conciencia del carácter delictivo del hecho". Y agrega que "no sólo se representó el resultado, lo previó, sino que además quiso alcanzar el objetivo criminal que se propuso".

La narración de los hechos señala que "el indagado T.M.B., en su calidad de Alférez del Ejército Nacional, se encontraba en compañía del entonces Sgto. C.P.T.S., vestidos de civil, realizando una recorrida en las inmediaciones de la Avda. Rivera y la calle Bustamente de esta ciudad", y que, "en dichas circunstancias avistaron a la víctima R.R.P.B. y al testigos H.M.M., quienes eran estudiantes en la Facultad de Veterinaria, siendo P. además, profesor de Histología, en ocasión en que se encontraban en la zona caminando, con la finalidad de repartir volantes en las paradas de los ómnibus y colocar "miguelitos" a dichos vehículos, como medidas de resistencia al (...) golpe de Estado; y por entender que tenían una conducta sospechosa, los siguieron caminando, provocando la huída de ambos estudiantes, lo que determinó que los persiguieran corriendo a corta distancia por la vía pública, para luego realizarles disparos con armas de fuego, impactando un proyectil del arma de M.B. en el cuerpo de P., ingresando en región dorso lumbar (espalda), paravertebral derecho, a nivel de duodécima vértebra toráxica, provocando su posterior muerte, ocurrido momentos después en el Hospital Militar".


Saravia entendió que "existen elementos de convicción suficientes de que el indagado T.M.B., en oportunidad en que se realizaba un operativo militar durante el período del gobierno cívico militar, por no acatar la voz de alto y darse a la fuga, con intención de matar, dio muerte a R.R.P.B. efectuándole un disparo con arma de fuego, ingresando el proyectil en la espalda de la víctima, por lo que será sometido al proceso penal por la Comisión en carácter de autor de un delito de homicidio muy especialmente agravado por haberlo cometido con impulso de brutal ferocidad".

 

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Documentos asociados:

PROCESAMIENTO Nº 1630.doc - Auto de procesamiento