Crimen de Facundo: la “broma” que terminó en asesinato a disparos cuando dejaron el liceo
De acuerdo con las pericias hechas sobre la escena y el arma, se entiende que quien disparó la chumbera tenía un objetivo visible.
16.05.2026 08:00
Por Joaquín Symonds
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El caso de la muerte de Facundo Cuadrado, el joven de 18 años que fue asesinado por un amigo en 2022, ha dejado en conmoción desde entonces al departamento de Tacuarembó.
El hecho se dio en el balneario local Iporá, precisamente, en un campo de la zona donde Cuadrado junto a sus amigos estaban festejando que habían culminado su etapa como liceales.
Si bien la Justicia penal avanzó y emitió una sentencia por homicidio culposo, que fue confirmada en segunda instancia, el fallo no está firme porque la familia del autor del disparo interpuso un recurso de casación y ahora se está a la espera de que la Suprema Corte de Justicia emita su resolución.
La última novedad fue la demanda civil que inició la familia Cuadrado en contra de los padres de Santiago, el joven que accionó la chumbera de aire comprimido que terminó con la vida de Facundo.
El juicio civil llega luego de que la parte demandada no accediera a ir a conciliación, así como tampoco a llegar a una acuerdo extrajudicial. Tal y como informó Montevideo Portal, la primera audiencia se dio el pasado miércoles y fue el puntapié para el inicio del juicio.
La familia Cuadrado —defendida por el abogado César Castro— ha manifestado en reiteradas ocasiones que la demanda civil, a su entender, no se trata por el solo hecho de buscar un resarcimiento económico, sino que también tiene el objetivo de cerrar etapas y cumplir con los pasos que la Justicia uruguaya permite dar.
De acuerdo con el relato de los hechos narrados en diferentes audiencias penales, el asesinato se dio sobre las 4:00 horas del 20 de febrero de 2022. En ese momento, Santiago junto a otro amigo fueron a buscar algo para tomar a la casa de campo y, al volver, le dijo al otro joven que se adelantara dado que él iría después.
El arma, de acuerdo con las precisiones técnicas, se trata de una Crossman Shockwave modelo CS1SXS con mira telescópica. El relato indica que el joven “se posiciona en una ondulación y semioculto en la oscuridad, apunta —la noche era clara y la zona de la reunión estaba iluminada por la fogata lo que permitía ver e identificar al objetivo— y efectúa al menos tres disparos”.
Uno de los proyectiles ingresó en la cabeza de Cuadrado, quien sufrió muerte cerebral y poco tiempo después murió. Las pericias fueron contundentes sobre que, por ejemplo, el joven que disparó sabía accionar el arma y tenía experiencia a la hora de utilizarla.
Su versión, en una audiencia del 7 de julio de 2024, fue: “Era una broma, no sé si inofensiva, no sé, pero era una broma”, insistió Santiago en varios momentos de esa instancia.
En la demanda civil, a la que accedió Montevideo Portal, se especifica que le “cabe responsabilidad” a los padres del joven por “ser guardianes materiales del arma homicida”.
De hecho, se cita a la madre de Santiago quien asegura que el arma llegó a la casa por ser un regalo a la familia, precisamente, para el padre del joven. El documento asegura que los adultos “le proporcionaron el conocimiento técnico para el uso del arma, fomentando su utilización”, pese a que era menor de edad.
La contestación
En la respuesta que dio el demandado se especifica que todo surge porque el joven que acompañó a Santiago a buscar algo para tomar le dijo de hacerle una broma a sus amigos “para asustarlos con el ruido”.
“Cuando están yendo nuevamente al cerro con la chumbera, deciden separarse y que Santiago quede más retrasado y que efectuara unos disparos para asustar a sus amigos que habían quedado en el campamento”, añade.
En el texto se niega que Santiago haya apuntado con el arma al cuerpo de sus amigos y que mirara a través de la mira de precisión. “No había casi luz, solamente la de la fogata que estaba a unos 25 metros de distancia”, agrega.
Para la defensa del joven es imposible sostener que su cliente tuvo algún tipo de intencionalidad en el asesinato de Facundo Cuadrado, con quien el acusado nunca tuvo problemas previos, según el documento.
Se refiere a que la reacción posterior de Santiago fue acorde a lo que había sucedido, descartando la intención de matar a Cuadrado. “Nunca se presentó como resultado posible” la muerte, al entender de la defensa.
Los abogados aseguran que el joven no estaba bajo los efectos de drogas o alcohol, según declaró uno de los presentes ante la Justicia. “La reacción posterior demuestra que nunca pudo representarse que podía lastimar a sus amigos, es decir, lo pudo haber previsto como imposible”, indica el documento.
Prueba rechazada
En la audiencia del pasado miércoles, la familia demandada buscó que la Justicia aceptara como prueba la historia clínica de Santiago, en pos de demostrar que ha sufrido diferentes daños psicológicos a causa del proceso y el hostigamiento vivido.
Además, se buscó la incorporación de al menos cinco testigos para dar cuenta de lo anterior. Sin embargo, la defensa de la familia Cuadrado, a cargo de César Castro, se opuso.
En los argumentos manifestados durante la audiencia, se especifica que el estado de salud de Santiago no es parte del proceso civil. El juez actuante entendió lo mismo y acotó que se consideraba “impertinente” por ser “ajena al objeto del proceso delimitado por las partes sin objeciones en esta audiencia”.
Por Joaquín Symonds
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