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La democracia de la vida

Corte Suprema argentina avala derecho de todo paciente a decidir ''muerte digna''

Argentina reconoció “derecho de todo paciente a decidir su muerte digna”. El fallo se dio frente a caso de hombre que llevaba 20 años viviendo artificialmente.

07.07.2015 15:32

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2015-07-07T15:32:00-03:00
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Montevideo Portal

El Supremo de Argentina reconoció este martes "el derecho de todo paciente a decidir su muerte digna" al avalar la voluntad de una persona para que se suspendan las medidas que desde hace 20 años prolongan artificialmente su vida. Sin embargo, la Corte aclaró que no se trata de un caso de eutanasia.

El máximo tribunal argentino confirmó la decisión de tribunales inferiores sobre el caso de M. A. D., que se encuentra internado en estado vegetativo en Neuquén, desde 1995, cuando sufrió un accidente automovilístico.

El fallo, publicado este martes por el Centro de Información Judicial, sienta precedentes por tratarse de una persona que no había dejado previamente por escrito su voluntad de renunciar a soporte vital: "Desde hace más de 20 años no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante estímulos verbales y tampoco responde ante estímulos visuales", detallaron los jueces en la sentencia.

Los jueces supremos Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda señalaron que en 1995 no era habitual oficializar la voluntad ante futuros tratamientos médicos, pero recogieron el testimonio de sus hermanas, quienes aseguraron que él les había comunicado su deseo de no ver prolongada artificialmente su vida en caso de caer en coma irreversible.

"Carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad de elaborar una comunicación, comprensión o expresión a través de lenguaje alguno y no presenta evidencia de actividad cognitiva residual. Dado su estado, necesita atención permanente para satisfacer sus necesidades básicas y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado", agregaron los magistrados.

La sentencia recordó que en el momento del accidente no se había dictado aún la Ley de Derechos del Paciente, que desde su reforma en 2012 autoriza a toda persona a dejar por escrito de forma anticipada su voluntad de rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida.

En el fallo, la Corte Suprema consideró que la Ley de Derechos del Paciente contempla la situación de quienes, como M. A. D., se encuentran imposibilitados de expresar su consentimiento informado y autoriza a sus familiares a dar testimonio de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que este quiere o no recibir y admitió la petición de las hermanas.

La corte aclaró que "la solicitud de cese de soporte vital no importa una práctica eutanásica vedada por la ley sino que constituye una abstención terapéutica que sí se encuentra permitida".

En Argentina está prohibida la eutanasia, así como el llamado "suicidio asistido", que las leyes argentinas castigan como homicidio.

Desde mayo de 2012 está vigente la ley de "muerte digna" que garantiza el derecho de los enfermos terminales a rechazar cirugías, tratamientos médicos o de reanimación para prolongar su vida y autoriza a toda persona a anticipar su voluntad.

El caso de este hombre cobró importancia gracias a sus dos hermanas, quienes vienen intentando que se desconecte a su hermano desde hace mucho tiempo: librando una dura batalla para que "lo dejen ir"; "Marcelo no hubiera querido esto", afirmaban. El hombre sufrió un trágico accidente el 23 de octubre de 1994. En aquel entonces, cuando tenía 30 años, se accidentó en la ruta 22 cuando se dirigía en moto a un asado en familia. Un auto lo llevó por delante cuando él rebasaba un camión.

Durante los últimos años, parte de la batalla librada había sido contra la Iglesia y el Ministro de Salud de la provincia. Estos manifestaron su opisición a desconectar al sujeto argumentando que aún estaba vivo. El monseñor Virginio Bressanelli, de Neuquén, había dicho que retirar los soportes vitales implicaba retirar la alimentación, y que eso equivale a un asesinato. Por su parte, el Ministro de Salud de la provincia, Rubén Butigué, señaló que "ningún" médico puede asumir la responsabilidad de dejar de proveer de alimentación y agua a un paciente.

 

Fuente: con datos de EFE

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