La Fiscalía archivó la denuncia que el diputado de Cabildo Abierto Eduardo Lust radicó contra jerarcas de la administración anterior por entender que el contrato con la empresa finlandesa UPM para la construcción de una segunda planta de celulosa perjudicaba al Estado uruguayo.

El fiscal de Delitos Económicos y Complejos de 1º turno, Enrique Rodríguez, dispuso el archivo de la denuncia porque en su investigación no se constató ninguna "desviación o irregularidad".

La denuncia fue presentada en julio de 2020. En su momento, Lust entendió que había dos aspectos que podrían configurar la presunción de delito por parte de las anteriores autoridades. En primer lugar expresó que había una discordancia en la redacción del contrato que dejaba una cifra indicada en números y una distinta en letras por el uso de la vía férrea.

Pero además, Lust afirmó que en la versión en inglés del contrato, en la misma cláusula, se fijaron cifras distintas a las establecidas en el contrato en español.

Lust señaló que el Estado concordó con UPM de forma tal que le dio prevalencia a la versión en inglés y que ello determinó un grave perjuicio para el país por la exorbitante diferencia entre las sumas a pagar por la empresa por el uso de la vía férrea, según indica el documento fiscal.

Por este caso declararon ante la Fiscalía el ex prosecretario de Presidencia, Juan Andrés Roballo, el exsecretario de Presidencia, Miguel Ángel Toma, y el exdirector de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Álvaro García.

"Todos, imputados y testigos, son coincidentes en sus declaraciones en lo que hace a que en definitiva se trató de un error tipográfico al transcribir la cláusula en el contrato en español, error que fue casi inmediatamente advertido, en los días siguientes a la suscripción del contrato, a tal punto, que no fue el único error, sino que se detectaron otros más, que llevaron a que el 5/4/2018 se firmara la enmienda al acuerdo por la cual se rectificaron dichos errores", indica el texto de la Fiscalía.

Gráficas internacionales presentadas por los denunciados indican que el canon finalmente fijado en el contrato (de medio centavo de dólar por tonelada bruta/km) para el uso de la vía férrea por parte de la empresa "está en muchos casos por encima de lo que se paga en otros países". "Es más, está por encima del canon que cobra AFE por el uso de la infraestructura ferroviaria, como emerge del Plan Estratégico de Desarrollo de dicha empresa, cuyo testimonio se aportó a la carpeta investigativa", indica el documento fiscal.

Según el fiscal, "se trató de un error de tipeo, sin visos de ilegalidad".