Confirman remate de mansión de Balcedo pese a pedido judicial argentino
Defensa de trabajadores rechaza frenar subasta y prioriza cobro de créditos laborales
21.04.2026 09:27
Por Gustavo Descalzi
gustavodescalziok
Luego de que el juez Ernesto Kreplak, magistrado que se desempeña en el Juzgado Criminal y Correccional de la ciudad de La Plata - República Argentina, pretendiera suspender el remate de la mansión El Gran Chaparral en Cerro de los Burros, el abogado que representa a los trabajadores, Dr. Guillermo Alhers, desmintió rotundamente esa posibilidad.
La disputa de larga data sobre la competencia, fue dirimida en la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, otorgándole la razón al juzgado laboral de Maldonado, para que se proceda al remate del bien propiedad del matrimonio de Marcelo Balcedo y Paola Fiege, mediante la modalidad de remate judicial, por reclamos de créditos laborales que datan desde el año 2018.
A la salida del juzgado, el Dr. Guillermo Alhers, defensor de los 13 trabajadores que desde hace 8 años reclaman por la vía judicial los haberes impagos, más lo correspondiente por licencias, horas extras, aguinaldos, despidos y demás derechos laborales, conversó con Montevideo Portal; «Claramente, cuando no se logra una satisfacción inmediata para el pago de las condenas judiciales y, más aún, con los créditos laborales que tienen naturaleza alimentaria —con eso viven los trabajadores y sus familias—, ya implica un obstáculo a la efectividad de los derechos sustanciales».
«Ocho años de intenso debate judicial con dos instancias, donde los tribunales de apelaciones del trabajo han confirmado la decisión de la justicia laboral especializada de Maldonado, que condenó al matrimonio de Balcedo y la señora Fiege, y a un conjunto de empresas que estaban asociadas con el matrimonio, al pago de los créditos laborales que fueron exigibles durante la relación laboral. Eso es importante destacarlo, porque hubo un conjunto de incumplimientos relevantes durante la existencia de la relación laboral y también al egreso. A saber: licencias, salario vacacional, despidos, todo lo que corresponde.¨
El caso tuvo que ser dirimido en la SCJ ya que existió una intención por parte de la Junta Nacional de Drogas, en interponer una preferencia con la incautación de los bienes, por encima de los derechos laborales esenciales, que ya habían sido reclamados. Sobre este diferendo el Dr. Alhers aclaró; «La fiscalía realizó, como ustedes saben, un acuerdo abreviado por los delitos que se le imputaban en el Uruguay a Balcedo y a Fiege. Y eso derivó en un acuerdo donde se le restituyó una suma cercana a 2.600.000 dólares (a los condenados), que los trabajadores también intentaron embargar, pero que por los tiempos judiciales de conexión de una sede a la otra, no logró efectivizarse, sin embargo, los condenados lograron cobrar esos 2.600,000 dólares aproximadamente. Nosotros ahora estamos sacando a remate el padrón principal de El Gran Chaparral, es un bien que está en el comercio de los hombres, como lo decimos en derecho, es embargable, perfectamente está sujeto a remate. Lo dijo la Suprema Corte de Justicia quien dirimió un conflicto de competencia entre el juzgado penal y de ejecución, que tenía a cargo la supervisión del cumplimiento de la pena de Balcedo y de Fiege, por la condena del Uruguay y la justicia laboral. Y perfectamente y con sentido de sensibilidad también y derechos para los trabajadores. La Suprema Corte de Justicia consideró que el juzgado laboral de Maldonado, es el competente para el remate de este bien.¨.
A propósito de la petición realizada por el Juez de la ciudad de La Plata, Dr. Ernesto Kreplak de impedir el remate, el abogado defensor respondió tajantemente; ¨Los pedidos de Argentina se vienen sustanciando a través del juzgado del crimen organizado en el Uruguay, lo cierto es que en el 2018 cuando se precipita esta situación (detención del matrimonio Balcedo), el juzgado uruguayo, el juzgado penal, inscribe un embargo que afecta a Balcedo y a Fiege. Pero ese embargo está conexo con la causa que tenían en Uruguay (lavado de activos). Entonces, una vez cumplida la pena por la causa uruguaya, se tienen que levantar esos embargos y tal es así que el Jugado del Crimen Organizado, dispuso con fecha posterior, aproximadamente en el 2023, un embargo específico sobre el Gran Chaparral y nuestros embargos son del año 2018, cuando los trabajadores perdieron la fuente laboral. En aquel momento la justicia laboral hizo lugar a las medidas cautelares, para que en el desarrollo del juicio laboral, los trabajadores no tuvieran un riesgo, de que llegado el momento que tuvieran que ejecutar la sentencia, no la pudieran cobrar y es lo que se está precipitando ahora en el mes mayo.¨
Sobre los impedimentos o exhortos de carácter judicial que pudieran modificar la decisión de realizar el remate el día 8 de mayo del 2026, el Dr. Alhers dijo; «No hay ningún tipo de impedimento, es más, los planteos que puede realizar la República Argentina también deben conciliarse y armonizarse con los tratados de los que la propia República Argentina es parte con nuestro país, en la protección del derecho de los trabajadores, tanto a nivel regional como a nivel universal. Hay normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que son muy claras a la hora de la protección de los créditos laborales y todo el cúmulo normativo que existe sobre prevención de lavado de activos, debe analizarse también desde una perspectiva de los derechos humanos. Acá están involucrados los derechos humanos de los trabajadores, son de los acreedores más sensibles. Estamos procurando un remate no para un fin especulativo, estamos rematando con la finalidad de que los trabajadores cobren sus sueldos.¨
Por Gustavo Descalzi
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