El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° turno confirmó la sentencia de primera instancia ratificando la condena de dos mujeres a 27 y 25 años de penitenciaría por el homicidio de un hombre ocurrido el 28 de julio de 2019.
El tribunal que tomó esta decisión está compuesto por los ministros Ricardo Miguez, José Balcaldi y Daniel Tapié. También había sido condenado en primera instancia un hombre, de iniciales C.W.B.D.L.S., como autor penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por realizarlo para facilitar o consumar otro delito y por la nocturnidad, a la pena de veinticinco años de penitenciaría de cumplimiento efectivo. Al no apelarse esta sentencia, la condena quedó confirmada.
Este caso estuvo a cargo de la Fiscalía Departamental de Maldonado de 1º turno, a cargo del fiscal Sebastián Robles junto con los fiscales adscriptos María Olazábal y Diego Silveira.
Con respecto a los hechos, Fiscalía informó que en la madrugada de 28 de julio de 2019, la víctima luego de salir de trabajar compró comida para cenar y se dirigió a la casa de una de las ahora condenadas. L.E.F.C. mantenía una relación afectuosa con la víctima, pero se trataba de un engaño con el objetivo de apropiarse de su dinero. Esa noche, producto de la ingesta de algunos fármacos que fueron puestos en un jugo de frutas por los condenados, el hombre quedó en estado de inconciencia. Posteriormente, “le realizaron maniobras crueles y de tortura para luego trasladarlo en su auto hasta el barrio Kennedy donde incendiaron el coche con él adentro”, señala Fiscalía
Una vez abandonaron la escena, volvieron a la vivienda para después dirigirse rumbo a San Carlos y luego continuar su ruta hasta Chuy, donde los tres se alojaron en un hotel. En este recorrido realizaron varias extracciones de la cuenta y compras con la tarjeta de la víctima.
En segunda instancia, el Tribunal confirmó la condena de L.E.F.C. como coautora penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por realizarlo para facilitar o consumar otro delito y por la nocturnidad, a la pena de veintisiete años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
Además, quedó firme la condena de G.K.C.Z. como coautora penalmente responsable de un delito de homicidio muy especialmente agravado por realizarlo para facilitar o consumar otro delito y por la nocturnidad, a la pena de veinticinco años de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva cumplida.
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