Condenaron al hombre que mató a golpes al gato de su vecina: qué pena deberá cumplir
El hombre, ya conocido por amenazar a otros dueños por sus mascotas, había sacado al animal de la casa de su dueña y lo golpeó con un palo.
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La Justicia condenó este lunes al hombre de 41 años que en junio sacó al gato de una vecina de su casa y lo mató a golpes en un complejo de viviendas de Santa Lucía, Canelones.
El Juzgado Letrado en lo Penal de Canelones de 4° Turno lo condenó, mediante un proceso abreviado, a 14 meses de prisión y una multa de 20 UR (unos $38.469, con base en los valores más recientes) según informó este lunes la Fiscalía General de la Nación.
La pena de prisión será cumplida íntegramente en régimen de libertad a prueba. Durante los primeros tres meses, el hombre deberá permanecer bajo arresto domiciliario total.
En los 11 meses restantes deberá fijar domicilio, permanecer bajo orientación y vigilancia de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas y presentarse semanalmente en una seccional policial.
Además, tendrá que realizar trabajo comunitario durante cuatro meses y acreditar que inició tratamiento psicológico por consumo de alcohol.
El hombre fue condenado como autor de un delito de hurto especialmente agravado, un delito de daño y un delito de violencia privada especialmente agravada, en régimen de reiteración real.
El caso había ocurrido el pasado 15 de junio, cuando el ahora condenado retiró al gato de adentro de la vivienda de su vecina, lo llevó hasta su casa y lo golpeó con un palo hasta matarlo.
Los residentes del complejo habían denunciado además que no era la primera vez que el hombre amenazaba con matar a sus mascotas y que anteriormente habían “faltado” otras mascotas de la zona.
El maltrato animal no está tipificado como delito en Uruguay y actualmente puede ser castigado únicamente mediante sanciones administrativas previstas en la normativa de bienestar animal.
Ante esto, Fiscalía llevó el caso por otras figuras penales. En ese sentido, se lo condenó por hurto especialmente agravado porque el hombre sustrajo al gato del interior de la vivienda de su propietaria y por el delito de daño, que en este caso se configuró por actos que el Ministerio público calificó como de “extrema violencia, tortura y hasta sadismo” en la muerte del animal.
En tanto, la violencia privada también fue considerada porque, mediante la violencia ejercida contra el gato, el condenado también ejerció violencia contra la propietaria del animal y otros vecinos del complejo.
Cuando el hombre fue imputado en junio, Fiscalía había solicitado su prisión preventiva, pero la Justicia dispuso 90 días de arresto domiciliario, decisión que fue apelada por el Ministerio Público.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3° Turno mantuvo posteriormente la medida, aunque destacó la argumentación de Fiscalía sobre la “conducta altamente peligrosa” que había demostrado el imputado por los “índices extremos de violencia” ejercidos contra el animal.
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