Montevideo Portal
En el marco de sus nuevas políticas de movilidad, la Intendencia de Montevideo (IM) adecuó su normativa para las normas del tránsito, que incluyen la fiscalización del carril Solo Bus, que regirá desde este jueves 15 de enero. En esa línea, la comuna también estableció qué ocurre con las bicicletas y monopatines que circulen bajo esas vías preferenciales.
En una resolución a la que accedió Montevideo Portal, la División Transporte de la comuna capitalina estableció qué tipo de transportes están autorizados a circular por el carril preferencial. En ese sentido, la IM permite la circulación de ómnibus de transporte colectivo de pasajeros del Sistema de Transporte Metropolitano, así como de otros vehículos de transporte colectivo, “siempre que lleven pasajeros” y estén “debidamente autorizados por la División Transporte”.
Para las bicicletas y vehículos de movilidad personal —monopatines con y sin impulso, bicicletas de pedaleo asistido y plataformas tipo segway—, la comuna estableció que en los carriles Solo Bus deberán “circular contra el cordón, y siempre que no cuenten con bicisenda o ciclovía en la misma calle, en cuyo caso deberán utilizar dicha infraestructura”.
Como excepción y “solo en caso de emergencia”, también podrán usar ese carril vehículos del Ministerio del Interior, ambulancias y vehículos de las Divisiones Tránsito y Transporte de la IM. Los automóviles con taxímetro y remises del departamento de Montevideo con pasaje también podrán circular.
Un decreto que promulgó la IM habilita la fiscalización del estacionamiento y circulación dentro del carril de solo bus cuando se extiende por 100 metros.
En la resolución, a la que accedió Montevideo Portal, fijó la multa para esta infracción en 3 unidades reajustables (UR), que equivalen a un monto aproximado de $ 5.544.
Previamente, el director de Movilidad de la comuna, Germán Benítez, explicó a Subrayado (Canal 10) que la fiscalización será a partir de cámaras a bordo ubicadas en los ómnibus, a ser instaladas y verificadas por el gobierno departamental.
La normativa departamental establece que el “carácter preferencial del carril solo bus regirá de lunes a viernes de 7:00 a 20:00, y sábados y feriados de 7:00 a 14:00, excepto en aquellos casos en que la División Transporte de la Intendencia de Montevideo lo establezca mediante la señalización correspondiente”.
Montevideo Portal
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