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Política

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Colorados calificaron de “burrada” y “mala fe” tuit de la campaña del Sí sobre seguridad

Ojeda, Pasquet y Schipani criticaron una publicación de la Comisión por el Sí que se refiere al artículo de la LUC que habla sobre “hechos de apariencia delictiva”.

22.02.2022 15:11

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2022-02-22T15:11:00-03:00
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El dirigente colorado y abogado del sindicato policial Andrés Ojeda respondió en duros términos este martes a una publicación realizada por la cuenta oficial de la Comisión Nacional por el Sí, que se refiere al artículo de la Ley de Urgente Consideración (LUC)  que menciona los “casos de hechos de apariencia delictiva”.

También se refirió al tuit el diputado del Partido Colorado Ope Pasquet, que calificó lo publicado como “un ejemplo claro de la mala fe de la campaña del Sí”, mientras que Ojeda señaló que se trataba de una “burrada”.

“¿Vieron cuando la burrada (o mala leche) es tan grande que no saben ni por dónde empezar a explicar el disparate? Bueno, eso”, criticó Ojeda.

Por su parte, Pasquet escribió: “Ejemplo claro de mala fe de la campaña del Sí. El aviso induce a creer que la LUC permite que se detenga a alguien por su apariencia física, lo cual es falso; la ley alude a ‘hechos con apariencia delictiva’. Lo saben, y por eso se cubren (ver segunda frase del texto. Mala fe”.

El diputado Felipe Schipani usó el mismo término que Pasquet.

En la publicación realizada por la comisión del sí se planteó la pregunta: “¿La Policía puede llevarte detenido por tu apariencia?”.

“Hoy la Policía puede llevarnos DETENIDOS si creen que somos parte de un “HECHO DE APARIENCIA DELICTIVA”. El 27 de marzo votamos sí para derogar los 135 artículos de la LUC. Las causas justas se defienden con la verdad. #VotaSi””, afirmó el tuit, que sostiene que antes de la LUC, “todos éramos iguales sin importar nuestra apariencia (ni la ropa, tatuajes, edad, género, o el color de nuestra piel nos diferenciaba ante la ley)”.

Y añadió: “Hoy, la Policía puede llevarnos detenidos si creen que somos parte de un “hecho de apariencia delictiva”.

El artículo 470 de la LUC señala que “en caso de hechos de apariencia delictiva, las autoridades actuantes detendrán a los presuntos infractores e informarán de inmediato al Ministerio Público”.

Por su parte, el Código de Proceso Penal que comenzó en regir a partir de 2017 dispuso en el artículo 54: “Recibida una denuncia o conocido por cualquier medio el acaecimiento de un hecho con apariencia delictiva, la autoridad administrativa, de acuerdo a la gravedad del hecho, informará al Ministerio Público en un plazo no mayor a cuatro horas. Sin perjuicio de ello, procederá a realizar las diligencias que correspondan a la investigación del hecho”.

También se señala que “cuando se trate de conductas con apariencia delictiva que no revistan gravedad, el Ministerio Público puede derivar el caso a formas extraprocesales de resolución del conflicto”.

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