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Judiciales

El vacío que dejás

Cambio de Fiscalía o abstención: las posibilidades de Fossati para dejar el caso Astesiano

La fiscal tiene dos opciones para concretar el abandono de la causa y ambas dependen del aval de Juan Gómez, que evalúa su decisión.

09.03.2023 11:39

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2023-03-09T11:39:00-03:00
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Montevideo Portal

La fiscal de Flagrancia de 12º Turno, Gabriela Fossati, informó el pasado domingo que consideraba necesario dejar de estar al frente de las causas que involucran al exjefe de la custodia presidencial Alejandro Astesiano.

Es la segunda vez que Fossati solicita, a través de medios de comunicación, apartarse de la investigación que tiene vínculos con el gobierno. Lo cierto, según informó Búsqueda y confirmó Montevideo Portal con fuentes de la Fiscalía, es que al fiscal de Corte, Juan Gómez, no le llegó ningún documento que dejara constancia del pedido de la magistrada.

En ese sentido, el titular del Ministerio Público no puede apartar a Fossati del caso sin una justificación, dado que la decisión de deslindarse de una causa debe darse al comienzo de cualquier investigación.

La única opción que tiene Gómez es mover a Fossati de Fiscalía para que su lugar quede libre y llegue otro colega que siga con las indagaciones correspondientes en cada caso.

Las causas no son de los fiscales, sino que pertenecen a las dependencias que ocupan. Por eso, en el hipotético escenario de que Gómez decidiera buscar un suplente para Fossati, la persona que la suceda deberá tomar todas las investigaciones pendientes de la titular de esa fiscalía.

Fuentes cercanas a Gómez indicaron que, hasta el momento, no es una situación que se esté manejando. El fiscal de Corte prefiere esperar al 19 de marzo, fecha en la que Fossati debe volver a sus funciones. Los informantes aclararon que entre ambos no ha habido diálogo, salvo un mensaje de Gómez en el que le deseó “pronta recuperación por su quebranto de salud”.

La otra alternativa que tiene la magistrada para apartarse de la causa es presentar una abstención. Esto está consagrado en el artículo 58 de la ley 18.889, que indica que “los fiscales pueden pedir el derecho de abstención por razones de decoro o delicadeza no enunciados entre los motivos de recusación”.

Esta solicitud debe ser enviada al fiscal de Corte y al procurador general de la Nación, quienes deberán evaluar los argumentos esgrimidos y así tomar una decisión. Si esto sucediera, quien subrogaría a Fossati sería el fiscal Fernando Romano.

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