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Cabildo Abierto ingresó proyecto de ley para dar prisión domiciliara a mayores de 65

El partido pretende que se proteja la salud y vida de los imputados en la pandemia, en riesgo por la superpoblación carcelaria.

06.08.2021 21:33

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2021-08-06T21:33:00-03:00
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Los senadores de Cabildo Abierto, Guido Manini Rios, Guillermo Domenech y Raúl Lozano elevaron este viernes ante la presidenta de la Cámara de Senadores, Beatriz Argimón, el proyecto de Ley sobre Régimen de Prisión Domiciliaria, que propone que se otorgue esta pena para los imputados o condenados de edad avanzada, para proteger su salud frente al impacto de la pandemia en la población carcelaria.

"Dado el nivel expansivo de la pandemia, decretar el encarcelamiento de una persona significa bastante más que privarla de libertad, significa poner en riesgo su integridad física e incluso su vida, máxime cuando se trata de personas de edad avanzada", reza la exposición de motivos que antecede al proyecto del ley, donde se sostiene que "el grave problema de superpoblación carcelaria que está llevando al colapso del sistema" trae consigo un riesgo para "una población particularmente vulnerable como es la de los adultos mayores".

El texto normativo, compuesto de un artículo único, se propone que se agregue al Código del Proceso Penal. En él se establece que la Justicia imponga de oficio la prisión domiciliaria de imputados y penados aun con condena ejecutoriada, mayores de 65 años.

Se exceptúan de este grupo los criminales a los que se los tipifique con las penas de violación -salvo en los casos en los que hayan transcurrido un plazo equivalente a dos tercios de la pena máxima para este delito-, homicidio agravado -salvo cuando hayan trascurrido el mismo plazo de tiempo- y los crímenes y delitos contenidos en la ley 18.026 (crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra), que se hubieren cometido posteriormente a la fecha de entrada en vigor de dicha ley.

A su vez, el proyecto indica que no procede el régimen previsto en los casos de reincidencia, reiteración o habitualidad, salvo en los casos en que se haya transcurrido desde los últimos hechos, un plazo equivalente a los dos tercios de la pena máxima establecida para el delito con sanción penal más alta.

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