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Política

A la cancha voy, a ver al campeón

Bauzá y su equipo sugieren mantener la ley de derecho de admisión en espectáculos públicos

La Secretaría Nacional de Deportes planteó que no se derogue la ley que rige el derecho de admisión, como indica la LUC, y sugirió modificaciones.

08.05.2020 15:56

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2020-05-08T15:56:00-03:00
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El pasado jueves el secretario nacional de Deportes, Sebastián Bauzá, sugirió a la comisión especial del Senado eliminar el artículo 101 de la ley de urgente consideración y "dejar la ley vigente" que regula el derecho de admisión a espectáculos públicos.

En su comparecencia Bauzá sugirió algunas modificaciones a esa ley, como que el derecho de admisión sea facultad solo del organizador, y la exclusión sea del organizador y el Ministerio del Interior.

Bauzá aclaró que él y su equipo no estuvieron presentes en la redacción del articulado de la LUC, pero "hace un tiempo nuestros técnicos trabajaron en las modificaciones que pensamos que hay que hacer a la Ley n.° 19534", aseguró.

"Como técnica legislativa, consideramos oportuno dejar vigente la Ley n.º 19534 y hacerle las modificaciones que nosotros proponemos en el proyecto que presentamos", agregó.

"En el proyecto de ley se establece una conjunción entre el organizador y el Ministerio del Interior, pero nosotros entendemos oportuno eliminar la referencia a esta cartera y dejar la legislación anterior -o vigente-, que da el derecho de admisión exclusivamente al organizador", informaron desde el equipo de la Secretaría Nacional de Deportes.

"En realidad, en todas las legislaciones a nivel mundial, el derecho de admisión se da exclusivamente al organizador, que es el que puede determinar qué persona ingresa y quién no al espectáculo respectivo. Digo esto sin perjuicio de que también le damos algunas facultades al Ministerio del Interior para que colabore con el organizador a los efectos de admitir o no a una persona a un espectáculo determinado", dijo Pablo Ferrari, subsecretario nacional de Deportes.

"Por otro lado, hay algunos términos que utiliza el proyecto que entendemos oportuno modificar, como cambiar la expresión ‘ciudadanos' por ‘personas', porque eso puede traer aparejado un problema interpretativo. ¿Qué se entiende por ciudadano? ¿El que no es ciudadano no entraría dentro de la disposición legal?", añadió Ferrari.

En cuanto al registro de personas impedidas de ingresar, está funcionando bajo la égida de la Ley n.º 19534 y entienden que "se requiere una serie de modificaciones, en especial, establecer un procedimiento un tanto más garantista para la inclusión y exclusión de personas".

Montevideo Portal