Contenido creado por Pablo Méndez
Locales

Bajo el mismo techo

BPS reconoció derechos sobre unión concubinaria

El Banco de Previsión Social aceptó los reclamos realizados por una pareja de concubinos homosexuales, generando así un antecedente importante en el reconocimiento de la unión concubinaria. “Ahora otras parejas pueden extenderlo a otras instituciones”, señaló a Montevideo Portal José Luis Viglione, uno de los concubinos.

19.06.2010 16:17

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2010-06-19T16:17:00-03:00
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Montevideo Portal

A principios de mes se conoció el caso a través de Montevideo Portal. Una pareja de homosexuales, con derechos reconocidos como unión concubinaria reclamaba prima y licencia por matrimonio y reconocimiento de hogar constituido. Luego de varias idas y venidas el BPS concedió los tres reclamos sentando un importante antecedente para el reconocimiento de la unión concubinaria tanto para hétero como para homosexuales.

”Está bárbaro porque ahora otras parejas pueden extenderlo a otras instituciones”, sostuvo José Luis Viglione a Montevideo Portal. De todas formas, señaló que sería bueno que los propios organismos del Estado tomaran la iniciativa, más tomando en cuenta los costos de tiempo, dinero y el nivel de exposición que implica este tipo de reclamos.

”Ahora en el BPS es sólo ir y pedirlo”, sostuvo Viglione que agregó que tras la decisión del organismo quedó homologado la unión concubinaria y el casamiento.

Los detalles del caso

Actualmente la unión concubinaria (ley 18.246 vigente desde diciembre de 2007) es la única vía legal que tiene las personas homosexuales para darle a sus uniones un carácter similar al matrimonio.

En el caso de José Luis Viglione y Diego Cardozo, luego de obtener el reconocimiento judicial de su vínculo, en setiembre de 2009 solicitaron cada uno en sus respectivos trabajos se les otorgue los mismos derechos que a los funcionarios casados.

A Viglione, que trabaja en una empresa privada, le fueron otorgados los derechos de inmediato. Sin embargo Cardozo, funcionario de BPS, fue notificado en abril que no le serían otorgador los derechos solicitados.

La pareja solicitó:

Hogar Constituido: Ley 15.728 y 15.748. Decreto Ley 15.728: funcionarios públicos casados o con familiares a cargo.

Prima por Matrimonio: Regulación: Ley 15.767.

Licencia por Matrimonio: Art. 11 Reglamento de Licencias BPS.

Diego Cardozo ya recurrió la decisión tomada por la Gerencia de Recursos Humanos del BPS. En estos momentos, esa oficina está estudiando el caso y se debe pronunciar sobre el mismo.

Continúa el trámite

El Hogar Constituido es una partida que se paga en forma mensual, y hoy asciende a $495 nominales. La Prima por Matrimonio es una partida que se paga por única vez y ascendía a $2.269 en diciembre de 2009.

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