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El Banco de Previsión Social (BPS) otorgó asesoramiento hasta el 28 de febrero para personas de entre 40 y 49 años incorporadas de forma voluntaria al régimen mixto al optar por la distribución especial de aportes entre el BPS y las AFAP, amparándose en el artículo 8 de la ley 16.713. Estas personas podrían dejar sin efecto esta opción, si cumplen con los requisitos, y luego de recibir el asesoramiento de BPS.
El plazo para tomar la definición vence a fines de mayo. Es que, tras recibir el asesoramiento —habilitado hasta fines del segundo mes del año—, los ciudadanos disponían de 90 días para tomar su decisión.
La revocación del artículo 8 implica cambiar la distribución actual de los aportes jubilatorios entre BPS y AFAP, señala el organismo previsional, que alerta que esto tendrá un impacto en el monto de la jubilación de BPS y de la renta AFAP. La decisión es de carácter irrevocable. De todos modos, revocarla no implica desafiliarse de la AFAP.
El asesoramiento brindó las proyecciones estimativas de los valores de la jubilación a la que podría acceder cada ciudadano con el artículo 8 —si mantiene su opción actual— y sin el artículo 8 —si decide revocarla—. De acuerdo con lo informado por el organismo previsional, “las proyecciones se realizan con los datos registrados en BPS, los proporcionados por la AFAP y considerando que la situación laboral actual se mantendrá”.
Una vez realizada la revocación, el trabajador solo aportará a la AFAP los meses en que su salario supere el “tope A” de $ 85.607.
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