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El Banco de Previsión Social (BPS) ofrece una prestación para quienes no puedan cobrar jubilación bajo el subsidio especial de inactividad compensada.
El subsidio es para un grupo de personas concreto que se quede sin empleo debido a razones “ajenas a su voluntad” y que no accede a una pasividad por falta de edad o años. En caso de acceder a la prestación, se podrá mantener durante dos años.
Para poder acceder, se debe tener al menos 28 años registrados en el BPS. Estar desocupado por un año, desde la fecha del cese, y seguir viviendo en Uruguay. En caso de ser despedido por razones de disciplina, el subsidio no será aplicado.
Además, salvo pensiones de sobrevivencia, no se puede tener derecho a otras prestaciones ni ingresos de ningún tipo.
En caso de tener 28 años o más de ingreso al BPS, las edades que se requieren son:
- Nacidos hasta 1972: 58 años de edad.
- Nacidos en 1973: 59 años de edad.
- Nacidos en 1974: 60 años de edad.
- Nacidos en 1975: 61 años de edad.
- Nacidos en 1976: 62 años de edad.
- Nacidos en 1977 en adelante: 63 años de edad.
Con respecto al monto que se puede recibir, el máximo será de $ 52.608 mientras que el mínimo se ubica en $ 6.576. En caso de querer comenzar el trámite para recibir el subsidio, se puede hacer click en este enlace.
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