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El Banco de Previsión Social (BPS) informó que entre el pasado 8 de setiembre de y el 6 de enero de 2026 verificará que las personas que presenten peticiones, recursos o descargos hayan cumplido con el deber cívico de votar en las elecciones departamentales y municipales del 11 de mayo.
En el caso de las empresas, el control que aplicará BPS será tanto a los titulares y representantes como a los profesionales que firmen escritos, quienes deberán acreditar el sufragio mediante la presentación de la constancia de voto.
Quienes no hayan votado deberán presentar la justificación expedida por la Corte Electoral o el comprobante del pago de la multa. Los escritos que no incluyan esta documentación serán igualmente admitidos, aunque el interesado deberá adjuntarla en un plazo máximo de 30 días.
El organismo recordó que las constancias pueden presentarse de manera presencial o a través del servicio web Iniciar solicitud de trámite de ATYR.
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