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Audios ilegales llevaron a revocar el concurso personal de empresario de fondo ganadero

Varios damnificados se encuentran indignados con la decisión del Tribunal de Apelaciones. “No nos va a pagar nunca”, dijeron.

17.12.2025 15:45

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2025-12-17T15:45:00-03:00
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Por Joaquín Symonds

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7° turno revocó el concurso necesario dictado contra la persona física de Alejandro Berrutti, empresario y productor rural, fundador de Portfolio Capital, el último “fondo ganadero” que dejó de pagar a sus inversores.

Berrutti se asoció con su esposa, María José Argenti, para fundar la empresa, que está compuesta por Reina Vaca, Oro Rojo y Berrutti & Argenti. La decisión del tribunal se adoptó tras hacer lugar al recurso de apelación presentado por el empresario.

Entre los argumentos esgrimidos, los ministros consideraron que las grabaciones de conversaciones privadas presentadas por los solicitantes —realizadas sin consentimiento ni autorización judicial— constituyen una prueba ilícita.

De acuerdo con la resolución, ello vulnera derechos constitucionales como la privacidad y la intimidad de Berrutti. La sentencia, a la que accedió Montevideo Portal, sostiene que los audios grabados son “inadmisibles” en el proceso civil y comercial al que estaba sometido el empresario.

“La prueba obtenida en violación a los derechos constitucionales o sin consentimiento de aquel a quien podría perjudicar, invadiendo la esfera de privacidad sin autorización judicial, es prueba ilícita y, como tal, inadmisible en el proceso civil y comercial”, señala el documento, que añade que “ni aun con las grabaciones clandestinas podría llegarse a esa conclusión”.

Con respecto a la legitimación pasiva de Berrutti para ser concursado a título personal, el tribunal entendió que los contratos y obligaciones invocados por los solicitantes corresponden a sociedades anónimas —Berrutti & Argenti, Reina Vaca y Oro Rojo— y no al empresario como persona física.

“Nada habilita a establecer una comunicabilidad o solidaridad obligacional entre la sociedad y los socios, mientras no se asocie la organización societaria a fines espurios”, apuntó el tribunal.

Asimismo, no se acreditó que Berrutti hubiera asumido obligaciones a título personal ni que hubiese utilizado dichas sociedades de forma abusiva o fraudulenta. Tampoco quedaron probadas las presunciones legales de insolvencia respecto del apelante.

Indignados

Un grupo de damnificados indicó a Montevideo Portal que el fallo, conocido esta semana, los dejó “indignados” y consideran que no existen garantías en el ámbito civil.

Según los denunciantes, la resolución recorta las posibilidades de recuperar parte de lo invertido en Portfolio Capital. De hecho, la síndica Stella Borja dejó de estar designada en el concurso de la persona física y Berrutti recuperó el acceso a sus cuentas bancarias.

“No nos va a pagar nunca”, afirmó una de las personas consultadas.

Los audios a los que hace referencia la sentencia fueron presentados por quien solicitó el concurso de Berrutti. En esas conversaciones privadas, el empresario aseguraba que se haría cargo de las deudas generadas, elemento que había sido utilizado como evidencia para dictar el concurso.

Por Joaquín Symonds