La iniciativa incorpora a la ley varios capítulos sobre el voto postal, el envío y recepción de sobres, la calificación de los votos, el escrutinio y la fiscalización de la elección.
"Teniendo en cuenta la imposibilidad de ciertos electores residentes en el exterior de presentarse en el lugar de votación (...), resulta pertinente modificar la reglamentación vigente en la materia, otorgando la posibilidad de votar ya sea de manera presencial como postal", señala el texto.
De esta forma, los argentinos en el extranjero podrán manifestar su voluntad de emitir el sufragio por correo inscribiéndose personalmente en el consulado correspondiente a su domicilio o en un registro a través de internet dispuesto por la Cámara Nacional Electoral hasta 90 días antes de la fecha de las elecciones.
Quienes queden registrados recibirán en su domicilio un sobre de documentación con la boleta oficial, el sobre de devolución, el sobre de resguardo del voto, el instructivo y el formulario de declaración jurada de identidad.
En el sobre de devolución, el votante devolverá a la representación diplomática o consular, sin costo, el sobre de resguardo del voto y la declaración jurada de identidad.
El escrutinio de los votos de los nacionales que viven en el extranjero se realizará 48 ocho horas después de acabar la jornada electoral.
Este decreto se publica a pocos meses de elegir al nuevo presidente o presidenta del país para el período 2019-2023, para lo que en agosto se celebrarán elecciones primarias, de las que saldrán los candidatos definitivos de cada partido para los comicios de octubre.
También se renovarán la mitad de la Cámara de Diputados para los próximos cuatro años y un tercio de la de Senadores hasta 2025.
Con información de EFE
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