Argentina oficializó la adquisición de divisas extranjeras para atesoramiento para quienes justifiquen ingresos superiores a los 7.200 pesos mensuales, unos 900 dólares al cambio oficial, con un límite máximo de 2.000 dólares al mes.
Durante una conferencia de prensa hoy en la Casa Rosada, el jefe de Gabinete argentino, Jorge Capitanich, informó sobre las "nuevas reglas" para acceder a la compra de moneda extranjera: "Podrán acceder a la tenencia de dólar todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos o monotributistas inscriptos en la AFIP en función del ingreso mensual, habitual y permanente", afirmó el funcionario.
El Gobierno informó, además, que el recargo del 20% no regirá cuando la moneda adquirida sea depositada en una cuenta bancaria durante al menos un año, como establece la resolución la Resolución General 3583 publicada en el Boletín Oficial.
Falsas esperanzas
El ministro de Economía, Axel Kicillof, ya había adelantado en una entrevista publicada por el diario Página 12, que "para gastos con tarjeta en el exterior, el paso de 35 a 20 por ciento en el recargo no será implementado este lunes". Este anuncio sí era esperado en nuestro país, ya que podía eliminar parcialmente uno de los principales obstáculos de los turistas argentinos para gastar su dinero en el exterior.
El pasado viernes, el Ejecutivo había anunciado que la disminución de la tasa se aplicaría a partir del lunes, el mismo día en que los argentinos podrán volver a comprar dólares para el ahorro con un 20% de recargo y de acuerdo al flujo de ingresos declarado.
"El turismo interno este año mejoró mucho y la gente que quiso viajar al exterior viajó. Es gente de alto poder adquisitivo, que pudo gastar dólares sin límites en el exterior a través de su tarjeta de crédito", justificó el titular en la entrevista.
Tras su asunción en noviembre, una de las primeras y más polémicas medidas del nuevo equipo económico de Cristina Fernández, con Kicillof a la cabeza, fue la de aumentar el gravamen a los gastos turísticos en el exterior, que hasta entonces era del 20%.
Desde diciembre, los argentinos que compran billetes de avión internacionales, paquetes turísticos al extranjero o utilizan su tarjeta de crédito o débito fuera del país son penalizados con un cargo del 35%, con el objetivo de paliar la fuga de divisas y frenar la devaluación del peso.
Naturalmente, estas medidas perjudicaron el movimiento turístico de argentinos en países vecinos, particularmente en Uruguay.
Las restricciones a las operaciones con moneda extranjera comenzaron en 2011 y se endurecieron progresivamente hasta el punto de que solo los argentinos que demostrasen que iban a viajar al exterior podían obtener dólares en efectivo, previa autorización del Fisco. Los anuncios argentinos de hoy confirman esta política, más que significar algún cambio positivo para el turismo de nuestro país.
Así lo cree el economista uruguayo Aldo Lema, que consultado esta mañana por Informativo Sarandí consideró que no hay un cambio grande para nuestro país, pese al anuncio de la flexibilización. Por el contrario, Lema cree que se habían generado expectativas ante estos anuncios, por lo que la desilusión será mayor.
"Es la confirmación del efecto negativo de la políticas cambiarias argentinas que se había notado en el último año y medio", aseguró.
Aunque en el caso de venta de divisas por turismo y para gastos con tarjeta en el exterior, el paso de 35 a 20 por ciento no será implementado este lunes (ni se sabe cuándo se hará), la compra de dólares para tenencia, que paga un anticipo del Impuesto a las Ganancias equivalente al 20 por ciento de la operación, no se aplicará si las divisas se depositan por un año, tal cual se anunció hoy.
Desde filas turísticas uruguayas se esperaba con expectativa esta reducción del 35 al 20 % en las compras con tarjeta, ya que la modificación anunciada esta mañana favorece el ahorro y no los gastos en el exterior.
Según la resolución general 3583, publicada en el Boletín Oficial -con la firma del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray- se establece "un régimen de percepción del veinte por ciento (20%) que se aplicará sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas por personas físicas para tenencia de billetes extranjeros en el país de acuerdo a las pautas operativas que, en el marco de la política cambiaria, determine el Banco Central de la República Argentina".
"No será aplicable la percepción cuando la moneda extranjera adquirida sea depositada, por un lapso no inferior a 365 días, en una cuenta de una entidad financiera comprendida en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, a nombre del adquirente de la misma y conforme el procedimiento que establezca el Banco Central de la República Argentina", se explicó en el artículo primero.
En el caso en que los dólares se retiren de la cuenta antes de un año, la norma aclara que "la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria respectiva", informó Clarín.