Contenido creado por Joaquín Symonds
Política

Se mantiene firme

Amparado en informes de constitucionalistas, Sartori no presentará patrimonio de su esposa

Los abogados Carlos Delpiazzo y Martín Risso elaboraron documentos donde argumentan que el pedido de la Jutep es inconstitucional.

10.08.2022 13:39

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2022-08-10T13:39:00-03:00
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La Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) señaló que el senador del Partido Nacional Juan Sartori está incumpliendo la ley al negarse a declarar los bienes que tiene su esposa, Ekaterina Rybolóvleva, fuera de Uruguay.

En su momento, el legislador insistió en que no está obligado a presentar las operaciones financieras y el patrimonio de Rybolóvleva. El argumento principal que maneja Sartori es que no conoce en detalle lo que pide la Jutep.

Ahora, los abogados constitucionalistas Martín Risso y Carlos Delpiazzo elaboraron informes jurídicos, a pedido de Sartori, en los que justifican que el senador no está obligado a cumplir con la determinación de la Jutep. Con esto, él decidió no presentar el documento, según dijeron fuentes de su entorno.

Horas más tarde el senador publicó en su cuenta de Twitter que presentará un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia. "Los informes de Risso y Delpiazzo, eminencias en derecho constitucional, son categóricos", consideró. 

En el caso del documento elaborado por Risso, al que tuvo acceso Montevideo Portal, se esgrime que el senador y su esposa tienen “patrimonios totalmente separados”.

Según este informe, Sartori en su momento le pidió a Rybolóvleva datos relativos a sus bienes en el extranjero, pero ella se negó. Hasta la actualidad, esta negativa se mantiene, por lo que el nacionalista no puede “obligar” a su esposa a dar esa información.

Risso concluye que “ningún funcionario puede ser sancionado” porque “la negativa del cónyuge o concubinario es insuperable”.

Delpiazzo asegura que la Ley Cristal, 17.060, es inconstitucional. En el artículo 12 se lo obliga a presentar la declaración jurada no solo al funcionario público, sino también a su cónyuge o concubino.

“Al no ser ellos funcionarios públicos, su derecho de privacidad los protege”, advierte el abogado en el documento.

“No solo es una norma sin sanción, ya que no es posible achacar a dichos funcionarios la eventual omisión de sus cónyuges o concubinos, sino que merece la tacha de inconstitucionalidad”, finaliza el texto firmado por Delpiazzo.