Contenido creado por Jorge Luis Costigliolo
Economía

Qué paquetería

Aduanas aclara sobre costos y detalles de encomiendas

La Dirección Nacional de Aduanas aclaró que el valor de los fletes de las encomiendas postales es fijado “pura y exclusivamente por el Courier”.

29.05.2013 15:43

Lectura: 3'

2013-05-29T15:43:00-03:00
Compartir en

La Dirección Nacional de Aduanas emitió un comunicado en el que informa que los valores de los fletes para las encomiendas postales son fijados "pura y exclusivamente por el Courier".

Aduanas salió al cruce de informaciones vertidas en la prensa días atrás, en las que se hablaba de un aumento en el valor ficto del flete por kilo. Según la nota del organismo, Aduanas no tiene potestades para fijar "el precio de este servicio, ni de ningún otro".

Además, recuerda que las encomiendas postales internaciones exentas por decreto del pago de tributos aduaneros e IVA deben ser "tramitadas en condiciones normales", "su peso unitario no exceda los 20 kilogramos y no superen el valor de U$S 200". El comunicado explica que para determinar este valor hay que tener en cuenta el precio total de la compra en origen, más los costos de flete y seguro necesarios hasta el punto de introducción al territorio aduanero nacional".

Los costos de flete se integran con los gastos internos en el país de salida, monto de flete hasta Uruguay y todos los gastos relacionados con el envío de la encomienda. El costo del seguro, en tanto, se integra con el costo real del seguro contratado para el envío, y en casos de no contratarse seguro se estimará el mismo en un 1% (uno por ciento), del precio de la o las compras enviadas.

Las encomiendas recibidas no podrán tener fines comerciales, y deberán estar acompañadas por las facturas correspondientes. En caso de que se trate de envíos que contengan obsequios familiares, ropa usada o equipaje no acompañado de uso personal, estos deberán estar acompañados de la declaración de valor correspondiente.
La mercadería debe disponer de los datos de la persona física que recibe la
Encomienda, y tiene que ser recibida por ella misma en el domicilio establecido, hasta 5 veces por año civil (se exceptúan medicamentos de uso personal que cuenten con autorización de la autoridad competente).

Las encomiendas no pueden contener productos que se encuentre gravados por el Impuesto Específico Interno (IMESI), como bebidas alcohólicas, cosméticos, cigarrillos, lubricantes y otros, ni corresponderse con las prohibidas por la normativa o requieran licencias no automáticas (certificados sanitarios, fito-zoo sanitarios, juguetes, neumáticos, entre otros).