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En un caso considerado inédito, la Justicia uruguaya condenó a una madre a indemnizar a un padre por no respetar el régimen de visitas a su hijo -en este caso específicamente por no haberle permitido festejar el cumpleaños de su hijo- a causa del "daño moral irreparable" causado.
Según informa una nota de Victoria Fernández para Búsqueda, en la sentencia judicial se especifica que la madre deberá pagar a su ex esposo 120.000 pesos por daño moral y 24.532 por daño material, debido a los gastos en cotillón, comida y otras compras para la trunca fiesta de cumpleaños.
Además, el fallo destaca que no sólo el daño moral para el padre sino también para el hijo, con "eventuales perjuicios a su salud psicofísica". La indemnización en estos casos tiene "una finalidad preventiva, resarcitoria o sancionadora".
Renzo Gatto, abogado especializado en este tipo de casos del estudio Molinari, Gatto y Cúneo, opinó sobre el caso en el programa Viva la tarde de radio Sarandí.
El especialista aseguró que "este fallo está marcando un nuevo mojón" en la Justicia uruguaya. "No es el único en cambios que se están viendo a nivel de Tribunal de Apelaciones de familia y a nivel de la Suprema Corte de Justicia, donde cada día más se reconoce una nueva posición de los padres en un elenco social distinto al que existía al momento de gestarse las primeras normas de régimen de tenencia y visita", explicó.
Gatto afirmó que en la actualidad se está reconociendo la igualdad del padre en materia de derechos y se identifica el daño que produce a nivel de la psiquis del niño y el perjuicio moral que padecen los padres cuando la madre "utiliza esa mejor posición para dañar".
El abogado destacó en radio Sarandí que lo importante del fallo -además de la resolución- es el procedimiento. "El proceso que usa el padre para lograr acceder a una medida judicial ejemplarizante nos demuestra que hay herramientas jurídicas para hacer valer los derechos que el padre tiene", señaló.
También identificó como novedoso la connotación sancionatoria además de indemnizatoria, que no tiene los casos de resarcimiento de daños morales en nuestro país.
En referencia al monto que deberá pagar la madre a su ex esposo, Gatto opinó que "es una cifra alta, comparando con los resarcimientos que se dan en otros tipos de situaciones en Uruguay; una vida se paga poco, una incapacidad también", sentenció.
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