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La Administración Nacional de Puertos (ANP) resolvió poner fin al contrato de concesión que mantenía con Lobraus Puerto Libre S.A., empresa que operaba un área bajo el régimen de Puerto Libre en el Puerto de Montevideo. La decisión se adoptó tras constatar incumplimientos reiterados del contrato, vinculados principalmente a obras que nunca se terminaron y a deudas acumuladas.
La resolución, fechada el 14 de enero de 2026, establece que la rescisión se hará sin derecho a indemnización para la empresa y con la ejecución de la garantía presentada al firmar el contrato, un mecanismo que funciona como respaldo económico ante incumplimientos.
El documento fue difundido públicamente por el periodista Eduardo Preve, quien publicó la resolución completa en redes sociales.
El contrato se originó en 2013, cuando la ANP adjudicó a Lobraus la concesión para construir y explotar un complejo logístico dentro del puerto. El acuerdo, firmado en enero de 2016, tenía una duración prevista de 30 años e incluía depósitos, cámaras frigoríficas, oficinas y otros servicios, con beneficios aduaneros propios del régimen de Puerto Libre.
Sin embargo, según la ANP, una parte sustancial de las obras nunca se concretó, pese a sucesivas prórrogas, modificaciones del contrato y nuevas intimaciones. En particular, la empresa no finalizó la segunda etapa del depósito ni la torre de oficinas, dos componentes centrales del proyecto original.
A lo largo de los años, la ANP otorgó plazos adicionales, aplicó multas económicas y exigió la presentación de proyectos actualizados para retomar las obras. Incluso llegó a suspender el cobro de sanciones y ofrecer facilidades de pago, pero la empresa no cumplió con lo exigido dentro de los plazos fijados, según manifiesta el documento.
Además del atraso en las inversiones, Lobraus acumuló una deuda por el canon, es decir, el pago que debe realizar por ocupar y explotar un espacio dentro del puerto. Al 10 de diciembre de 2025, esa deuda ascendía a USD 363.168, sin que la empresa hubiera regularizado la situación pese a las intimaciones formales.
En noviembre de 2025, la ANP rechazó un nuevo pedido de la empresa para congelar el estado del contrato por 180 días y resolvió intimar el cobro de más de USD 2,4 millones, correspondientes a la garantía de cumplimiento del contrato. Esa decisión no fue recurrida por la empresa.
Con base en todo el historial del expediente, los servicios técnicos y jurídicos de la ANP concluyeron que existían dos motivos claros para rescindir el contrato: el incumplimiento de las obras comprometidas y el atraso prolongado en el pago del canon. Ambos están previstos en el contrato como causales de rescisión.
La decisión del Directorio de la ANP deberá ahora ser analizada por el Poder Ejecutivo y pasar por el Tribunal de Cuentas, como exige el procedimiento para este tipo de concesiones.
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