El Tribunal de Cuentas de la República aprobó recientemente la otorgación del subsidio al exintendente de Artigas Pablo Caram, condenado a 14 meses de prisión con libertad a prueba en julio de 2024 por un delito de omisión de denunciar en su rol como funcionario público.
En el marco de la ley N° 15.900, los exjerarcas que no tengan causal jubilatoria son elegibles para recibir una compensación económica del 85% de su salario durante el año posterior al término de su gestión.
Según informó Búsqueda, el TCR avaló el pago con los votos de los representantes blancos y colorados, más allá de que existían dudas acerca de si el exintendente estaba excluido del beneficio por su situación judicial.
La ley N° 20.358 se aprobó posteriormente al acuerdo abreviado que alcanzó Caram con la Justicia y fue creada con el fin de que los jerarcas que cometieron delitos contra la administración pública tengan suspendido el derecho al subsidio.
“La referida ley no le resulta aplicable al exintendente en virtud de que prevé la aplicación de una sanción que, en el caso, ya se había generado y perfeccionado con anterioridad a su promulgación”, señala la resolución, a la que accedió Montevideo Portal.
Además, la mayoría de los representantes entendió que Caram está “fuera del ámbito objetivo de aplicación” en esta norma, dado que cometió un delito contra la administración de la Justicia y no contra la administración pública.
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