Hace dos años, la jueza María Helena Maynard había absuelto al ex ministro de Economía Fernando Lorenzo por el delito que se lo acusaba: abuso de funciones, en el marco de la investigación por el aval de Cosmo en la venta de los aviones de la ex Pluna.

En la sentencia, la jueza explicaba que de las investigaciones no surgían elementos que probaran que Lorenzo "hubiera actuado como garante verbal de la operación".

La magistrada señaló que "de acuerdo con el testimonio del encausado y demás declaraciones recogidas, la comunicación que tuvo con Calloia fue para solicitarle al BROU 'que hiciera los máximos esfuerzos que tuviera a su alcance para emitir ese aval en particular'".

Lorenzo explicó ante la jueza que mantuvo una sola comunicación con Calloia sobre los avales: "Yo le digo al presidente del BROU que el señor (Juan Carlos) López Mena me dijo en presencia del ministro de Transporte que una empresa se acercaría a tramitar un aval al BROU", declaró, recordando que la información que le dio a Calloia "estaba también afectada por esta desconfianza y prudencia" que mantenía desde las reuniones que había mantenido con los otros interesados. "Yo no tenía la seguridad de que eso fuera a ocurrir".

Para Mainard "obviamente que el imputado Lorenzo no cometió el acto por el cual se concedió el aval referido; tampoco pudo ordenarlo, ya que el receptor no estaba sujeto a su jerarquía y no tendría que aceptar la orden".

Esta determinación judicial motivó al fiscal de Crimen Organizado Luis Pacheco a apelar el fallo. El caso fue llevado así a un Tribunal de Apelaciones, que este jueves comunicó su decisión de revocar la absolución al ex ministro de Economía.

Este tribunal comparte las puntualizaciones que hace Pacheco en cuanto Lorenzo "excedió de forma patente la competencia funcional de su cargo", haciendo que el Brou emitiera un aval millonario, "que sabía a la perfección que no iba a contar con el contralo mínimo indispensable".

A pesar de las argumentaciones a favor de la absolución, agrega el dictamen al que accedió Montevideo Portal, la situación "no admite dos opiniones": "Su profesión de economista, su amplia experiencia en el ejercicio de dicha profesión, más la elevada (muy elevada) dignidad del cargo que en la época desempeñaba (era nada más y nada menos que el ministro de Economía) decididamente no permiten -racionalmente- aventurar otra solución".

El tribunal señala que, en efecto, la "marcada injerencia que demostró y desplegó para favorecer a Cosmo" en la emergencia, hizo que fuera "imperioso" para el Brou la concesión del aval. Y citan a Pacheco: "... en tiempo récord y aún si no se cumplían todos los requisitos de presentación y estudio de la documentación exigida". 

Esta situación fue la que "habilitó" a Calloia a "imponer su criterio" por sobre los organismos de control de la institución que presidía para "obviar, olímpicamente, los trámites y controles de rigor".

"Todo lo que se encuentra bien lejos de la órbita de legitimidad de que dispone un ministro en el cumplimiento de sus cometidos, como su defensa supone", se señala.

El tribunal comenta que, si bien se reitera que era "importante" para el gobierno, presidido en aquel momento por José Mujica, que la subasta fuera exitosa, "parece una obviedad tener que resaltar que ello no explica, ni justifica, la forma como idóneamente presionó para que se eludiera la aplicación de normas mínimas imprescindibles de control".

"Pues es obvio y evidente que fue su inmenso peso político e institucional lo que impuso para que los servicios del BROU actuaran de la manera como lo hicieron. Así lo confirma la evidencia empírica con incontestable elocuencia, cuando muestra la manera en que su presidente salió disparado a ejecutar lo que en otras circunstancias y condiciones jamás hubiera realizado", se agrega.

El tribunal reafirma que haya existido un único llamado "nada implica a su favor": "Más no necesitó para imponer su criterio y el del Poder Ejecutivo al Brou con el fin de torcer las formas de beneficio de Cosmo".

"Ese poderoso emisor de la llamada se comunicaba con otro poderoso receptor como es el presidente del BROU, para transmitirle un mensaje fuerte: la operación del aval que solicitaría una empresa NN que presentaría L. M (López Mena) "cuenta con el respaldo del Ministerio de Economía y Finanzas"

Y si faltaba algo más, señala el tribunal, y cita una declaración de López Mena: "... cuando se concreta la empresa española de acuerdo con el pliego necesitaba un aval. El Ministro de Economía dijo: "el aval se lo damos nosotros".

El tribunal señala que "ninguno de los valores" que intentaron justificar la realización de la subasta son suficientes.

La celeridad, comentan, "llevó a que se terminara por conceder un aval habilitando a una empresa desconocida, que no aportó en tiempo y forma la documentación requerida, siquiera la contragarantía".

"Celeridad que llevó por ejemplo a tener que confeccionar nuevamente el aval ya que estaba mal escrito el nombre de la empresa", agrega.

La "transparencia" se añade fue "opacada de tal forma" que en concreto "no se sabía a ciencia cierta a quién se estaba dando el aval, más allá de conocer in extremis el nombre de la empresa avalada".

"Y la publicidad sucumbió luego de hacerse conocer las condiciones para presentarse a la subasta para dar paso a reuniones y llamadas en la privacidad de los despachos de altos jerarcas para conceder, contra viento y marea, el aval requerido", agrega.

El tribunal culmina señalando que Lorenzo, al igual que Calloia, con sus conductas configuraron un "actuar indebido, ilegal, arbitrario" que, "como era de esperar", terminó "afectando y perjudicando de manera grave y como mínimo la imagen, el prestigio de la institución pública".