Luego de que el Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 2.° Turno confirmara la sentencia contra Canal 10 por una denuncia presentada por Ana Inés Martínez, la comunicadora se expidió en sus redes sociales en un extenso comunicado.
“En cualquier parte del mundo existe el acoso laboral sin que tenga que haber existido acoso sexual. Pero en cualquier parte del mundo NO existe el acoso sexual sin que venga de la mano el acoso laboral si ocurrió dentro de un lugar de trabajo. Pues me duele que en mi país a los jueces y ministros les tiemble el pulso con los poderosos”, comenzó relatando la comunicadora en su cuenta de X.
En esta línea, remarcó: “Denunciamos en la Justicia a un canal de TV del poder económico del Uruguay sin haber aceptado [el dinero] ofrecido para que no siga adelante con el proceso judicial por acoso sexual y laboral”.
Además, criticó que este no sería el primer caso de acoso dentro del medio mencionado, sino que “nadie se había animado a denunciar”. “En mis testigos, una compañera manifestó haber sido también víctima de acoso sexual dentro de Canal 10. No se animó a denunciar y terminó yéndose”, sostuvo.
Por otro lado, la expanelista de Punto penal criticó el posteo del gerente de informativos Nelson Fernández: “Otra cosa llamativa es que uno de los acusados del acoso laboral que sí sufrí haya celebrado en redes sociales que él ‘zafó’ y haya hecho un ‘silenzio stampa’ de la grave condena a la que fue sometido su actual lugar de trabajo. No debe de ser lindo pertenecer a una empresa condenada por la Justicia uruguaya como acosadora sexual”.
Esto se debe a que Fernández había celebrado en su cuenta de X la decisión de la Justicia.
A continuación, el comunicado de Martínez.
En la sentencia, a la que accedió Montevideo Portal, la Justicia estableció que Canal 10 deberá pagar a la comunicadora la suma de US$ 15.724 por concepto de daño moral derivado del acoso sexual ocurrido durante la gestión del ex gerente general Alejandro Cattaneo. El tribunal sostuvo que la Ley 18561 presume el daño en este tipo de situaciones, por lo que no requiere prueba específica adicional.
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