El Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 2° turno confirmó este lunes la condena a Canal 10 por el caso de acoso sexual denunciado por la periodista Ana Inés Martínez, pero desestimó nuevamente las acusaciones de acoso laboral y despido abusivo. La sentencia ratificó el fallo emitido en diciembre de 2024.
En la sentencia, a la que accedió Montevideo Portal, la Justicia estableció que Canal 10 deberá pagar a la comunicadora la suma de US$ 15.724 por concepto de daño moral derivado del acoso sexual ocurrido durante la gestión del ex gerente general Alejandro Cattaneo. El Tribunal sostuvo que la ley 18.561 presume el daño en este tipo de situaciones, por lo que no requiere prueba específica adicional.
En cambio, la apelación presentada por Martínez en relación con el acoso laboral fue rechazada. Los magistrados entendieron que, aunque se aplicó perspectiva de género en el análisis del caso, las pruebas ofrecidas no demostraron hostigamiento laboral por parte del entonces gerente de informativos Nelson Fernández.
También se descartó el reclamo de indemnización por despido abusivo. La sentencia subrayó que no se probó una conexión directa entre el acoso sexual y el cese de la periodista en el medio.
Por su parte, Fernández publicó en X que este fallo constituye el “fin de la farsa”. “Hubo que soportar una campaña difamatoria con inventos de baja estofa. Hay que tener paciencia y, con la conciencia tranquila, esperar”, escribió el periodista, y agregó que ahora corresponde “celebrar”.
El fallo recuerda que, según la normativa vigente, aunque el acoso sexual fue cometido por un tercero (Cattaneo), la responsabilidad recae sobre el empleador, en este caso Canal 10. Sin embargo, la empresa podría eventualmente reclamar el monto al exempleado responsable.
Ana Inés Martínez había sido desvinculada de Canal 10 en diciembre de 2023, luego de denunciar los episodios de acoso. Cattaneo también fue separado de su cargo ese mes.
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